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- ItemLa aplicación del derecho a la educación y su incidencia en la rehabilitación de los internos del centro de rehabilitación social de la ciudad de Guaranda, durante el periodo 2009-2010(2010) Garcia Ruiz, Fabian Mauricio; Naranjo Escobar, Marco AlfonsoLa investigación denominada “LA APLICACIÓN DEL DERECHO A LA EDUCACION Y SU INCIDENCIA EN LA REHABILITACION DE LOS INTERNOS DEL CENTRO DE REHABILITACION SOCIAL DE LA CIUDAD DE GUARANDA, DURANTE EL PERIODO 2009 – 2010” en la actualidad resulta un tema de suma importancia, ya que nos permite conocer cómo se aplica la educación en el centro de rehabilitación social de la ciudad de Guaranda y la importancia de sus efectos en el tratamiento rehabilitador del sentenciado. En la presente investigación se utilizara el método analítico, descriptivo y explicativo, orientado a dar conclusiones y recomendaciones en el lugar y espacio determinado. Se pretende analizar una realidad actual, a la luz de los grandes principios fundamentales y derechos que tienen los internos para su rehabilitación y reinserción social, por ello el estado ha encargado a esta institución la ardua, difícil y complicada tarea. Para estructurar adecuadamente la presente tesis, es importante un cabal y organizado desarrollo de la misma, por tanto es de gran importancia conocer la Constitución de la República del Ecuador, los derechos humanos, las leyes, reglamentos y manuales afines al régimen penitenciario, la historia del CRSG, su organización, los recursos que posee para la rehabilitación y educación de los internos, entendiéndose como derecho y objeto primordial para la rehabilitación del sentenciado. Luego de un análisis científico, teórico jurídico y de los datos aportados por los funcionarios e internos, se ha concluido que sin los recursos económicos suficientes no se puede cumplir con los objetivos propuestos, también nos hemos permitido dar algunas recomendaciones para mejorar el tratamiento rehabilitador de los sentenciados y de esta manera dar a conocer la realidad en la cual se rehabilitan los internos. Esperamos que esta investigación fortalezca los conocimientos de estudiantes y autoridades de la Universidad Estatal de Bolívar, con la finalidad que se brinde el apoyo necesario a los internos del centro de rehabilitación social de la ciudad de Guaranda.
- ItemEl incumplimiento de lo adeudado de las pensiones alimenticias, como impedimento para generar un incidente de rebaja o extinción en el cantón San Miguel provincia Bolívar, durante el año 2011(Universidad Estatal de Bolívar.Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas, Carrera de Derecho, 2011) Cajo Arana, Ángel Serafín; Villena G, PlutarcoCon la promulgación del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia mediante Ley No. 100, publicada en el R O No. 737 del 3 de Enero del 2003, cuya vigencia en el territorio ecuatoriano, es de fecha 3 de Julio del 2005; cuerpo legal que adolece una reforma a corto tiempo de vida como es al Título V, Libro II, Capítulo I, Derecho de Alimentos , publicado en el R O No. 643 de fecha 28 de Julio del 2009, cambia las disposiciones normativas primitivas, reforma que en nada aporta a lo que se relaciona a los alimentos, es decir la forma o formas1 específicas para hacer efectivo el pago de lo adeudado por concepto de pensiones alimenticias, pues el alcance es a aquellos obligados que no han pagado las dos últimas mesadas o cánones alimentarios pudiendo decretar el operador de justicia, la prohibición de salida del país, su incorporación en el registro de deudores del Consejo de la Judicatura de la jurisdicción que corresponda, inhabilitación para ser candidato a cualquier dignidad de elección popular, ocupar cargo público alguno, enajenar bienes si es para alimentos, prestar garantías prendarias o hipotecarias, apremio personal hasta por 30 días y prohibición de salir del país, reincidencia por 60 días más hasta un máximo de 180 días, etc., medidas coercitivas que no satisfacen la obligación, razón más que suficiente para este trabajo de tesis, y aportar con un efecto de solución a un gravísimo problema en el que se hallan la mayoría ciudadana, puesto que todos no alcanza a un cargo público, no salen del país, ni tampoco se acogen al derecho de ser elegidos entre otras medidas de tipo legal que pueden afectar a ayudar a cubrir obligaciones, conforme lo determina el Art. Innumerado 20, 21, 22 de dicha reforma, lo que incide en la tramitación de causas de alimentos en los juzgados Cantonales de lo Civil al ser competentes para conocer inicialmente estas causas al no existir juzgados especiales en la materia y en espera de que se constituyan los juzgados de la Niñez y Adolescencia conforme lo determina el, Código Orgánico de la Función Judicial 1Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia mediante Ley No. 100, publicada en el R O No. 737 del 3 de Enero del 2003, cuya vigencia en el territorio ecuatoriano, es de fecha 3 de Julio del 2005; cuerpo legal que adolece una reforma a corto tiempo de vida como es al Título V, Libro II, Capítulo I, Derecho de Alimentos , publicado en el R O No. 643 de fecha 28 de Julio del 2009, Art. Innumerado 20, 21, 22 11 cuya vigencia obedece al R O No. 5442 de fecha 9 de Marzo del 2009, lo que ha devenido en un laberinto legal para quienes solicitan medidas para cobrar obligaciones adeudadas, y los obligados para pagar, por lo que esta 3investigación toma como escenario geográfico el Juzgado Sexto de Lo Civil de Bolívar.4 En la formulación del problema, se hace notar que la falta de una diseñar una propuesta de tipo jurídico que contenga una reforma legal al Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia que permita asegurar que en casos de incumplimiento de la obligación pese de haberse agotado las medidas ya expresadas que adopte el juez, se determine una norma imperativa obligatoria al pago, como es el caso para admitir una demanda incidental, sin que esto conlleve a denegación de justicia alguna, tomando en consideración el principio de interés superior de niños, niñas y adolescentes, propuesta con un criterio definido de aplicación de las reglas legales. La Hipótesis direcciona una aplicación apropiada en su trámite legal de las demandas y causas de este tipo, partiendo desde la variable independiente y otra dependiente.
- ItemLa suspensión condicional del procedimiento como forma anticipada de dar por terminado el Proceso Penal, en el Cantòn Guaranda durante periodo 2011(Universidad Estatal de Bolívar.Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas, Carrera de Derecho, 2011) López Galarza, Karina Ximena; Naranjo Estrada, AngelLa presente investigación aborda la temática del mecanismo de la Suspensión Condicional del Procedimiento, contemplado en el Art. innumerado 2do. Luego del Art. 37 del Código de Procedimiento Penal; los objetivos que se plantea son; el principal problema es que en la actualidad, su aplicación no es frecuente, o es aplicada inadecuadamente, a destiempo y descontextualizada; debido a razones tales como temor de los jueces a cometer equivocaciones, a las críticas, por temor y por desconocimiento. Los objetivos que se plantea el estudio son: Realizar un análisis sobre la aplicabilidad de la figura legal de la Suspensión Condicional del Procedimiento como una forma anticipada de dar por terminado el proceso penal, poniendo énfasis en los principios constitucionales de economía procesal y mínima intervención penal, para evitar así el represamiento y la acumulación de causas en los distintos juzgados de Garantías Penales y de Tránsito en la ciudad de Guaranda; realizar un diagnóstico de la aplicabilidad de la suspensión condicional del procedimiento penal, en el Cantón Guaranda, periodo 2011, mediante estudios de caso; realizar un análisis de la aplicación del mecanismo en otros países; comparar la aplicación del mecanismo en otras provincias del Ecuador e identificar las ventajas y desventajas de la aplicabilidad de este mecanismo. Para la realización del estudio se aplicó una metodología que se basa en el estudio de tres casos presentados en diferentes juzgados de garantías penales y de garantías penales de tránsito de la ciudad de Guaranda; que mediante la aplicación de diferentes técnicas de carácter bibliográfico y observacional, se analizaron las particularidades de cada caso donde tenía lugar la aplicación del mecanismo de la suspensión condicional; se concluyó que la suspensión condicional del procedimiento permite mejorar el sistema de administración de justicia en el Cantón Guaranda, porque se aplica todos los principios de simplificación, uniformidad, eficacia, inmediación, celeridad y economía procesal contemplados en el Art. 169 de la Constitución de la República del Ecuador.
- ItemLa falta de aplicación de los procedimientos para obtener la fase de pre- libertad y libertad controlada a favor de los internos con sentencia ejecutoriada, ocasionan efectos juridicos y administrativos en el centro de rehabilitacion de la ciudad de Guaranda durante el año 2012(Universidad Estatal de Bolívar.Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas, Carrera de Derecho, 2011) Arguello Saltos, Cristhian Alexander; Del Salto, MarceloPodemos comenzar analizando las incertidumbres de la verdadera forma en la que se debe actuar al implementar proyectos carcelarios, podríamos decir que sería factible analizar desde un punto de vista más humano las condiciones tanto físicas como psicológicas en las que se encuentran aquellos internos privados de su libertad para intentar dar un giro de 180° y así mejorar los beneficios penitenciarios. Muchos estudios llevados a cabo demuestran que la reincidencia de las personas que han cometido alguna clase de delitos graves y han sido condenadas a penas alternativas como libertad vigilada, reclusión nocturna o de fines de semana, trabajos en beneficio de la comunidad, es menor que la de quienes han sido condenados a penas de prisión, las penas alternativas, además de ser más eficaces reducen costos, es así que se empezó a normar etapas progresivas de observación, tratamiento y rehabilitación de los internos, que en un principio busco promover el trabajo dentro de la prisión, todas estas instituciones jurídicas se forjaron en nuestro ordenamiento como parte de las normas de ejecución de sentencias condenatorias, en evidente apego a la socialización. Podríamos tomar en cuenta que la libertad es lo más preciado que se le puede quitar al ser humano, ya que cuando tomamos a una persona y la ponemos en rehabilitación por el delito que cometió está obligado a pagar la condena por sus actos realizados, pero no por el simple hecho que la persona este privada de su libertad se le podría negar sus derechos ya que como ser humano por el simple hecho de nacer ya adquiere todos los derechos que le corresponde y por ende nunca se le quitaran o alteraran. 7 El principio básico constitucional de la igualdad de todos ante la ley, todos los presos deben tener acceso a todos los beneficios penitenciarios, aquellos beneficios, a nuestro criterio, no deben considerarse como algún premio, sino que son derechos que por obligación les corresponde a todos los que se encuentran privados de su libertad.
- ItemEl Juicio de demarcación de linderos y su consecuencia al trámite ordinario ajeno a los principios Constitucionales de celeridad y la debida deligencia.(Universidad Estatal de Bolivar. Facultad de Jurisprudencia Ciencias Sociales y Politicas. Escuela de Derecho, 2011) Veloz Becerra, Karina Elizabeth; Noboa Larrea, Gonzalo EnriqueThis research work is based on a legal, critical study and doctrinaire about the trial of demarcation of boundaries and therefore the foreign ordinary procedure to the constitutional principles of speed and due diligence. From the legal perspective, to seek information through the use of scientific gathering techniques (bibliographic records and mnemonic), which They allowed the development of the theoretical part, contained in several chapters; and, by applying the technique of field (survey) was collected information legal professionals dedicated to practice their profession, who mostly hold that:. -The Art 666 to 673 contain to constitute constraints and boundary demarcation, which threatens the rights of property owners inmuebles.‖, becoming essential that the National Assembly review the legal regulations and materially suits and formal rules to this legal rights family. Based on this theory, legal framework and review of information collected, a legal proposal to allow a possible reform takes shape Legal Civil Code, on the need to establish that Art. 671.- If the parties do not agree on any settlement or the cause is found in the case of previous article, will run record of everything that happened in the inspection and what who had observed the judge. Added to process the original statements, documents and the report expert, shall be conveyed to the parties to make their arguments in the within three days, after which judgment will be rendered in the merit of everything autos‖ acted and constant.
- ItemLa Trata De Personas Con Fines De Explotación Sexual, Y Su Impacto Psicosocial En Las Ciudades De Ambato, Guaranda Y Riobamba En El Año 2009(UEB.FJCS.ED, 2011-06-06) Brito Mosquera, María FernandaIs an undeniable reality that currently live countless social phenomena that affect global coexist, one of them is human trafficking, which has consequences in the areas: social, political, economic and cultural. The interest in mitigating the effects produced led States to recognize the situation and seek to improve the conditions in which they are produced that has such strong implications that feels as well as the movements and organizations fighting for the welfare of victims of exploitation sexual, especially for women who seek welfare for economic situations outside of their nations, workforce that is often subject to exclusion, discrimination and exploitation risk which makes them vulnerable. One of the alternatives for change in this situation is the development of national policies and takes effective guarantee of human rights in the countries of origin, transit and destination of people. Human trafficking is a phenomenon that dates back many centuries, formerly known as white slavery in the times of slavery, because of dealing with white women, is now known as a modern form of slavery in which It is negotiating with people being one chain moving inside and outside the country subjecting them to exploitation and other illegal purposes. Colombia is the main supplier in Central America for the crime of human trafficking, while Ecuador serves as a destination for the victims but also to the internal daily new cases caused by this crime occur. Human trafficking has become the second most profitable illegal business after drug trafficking, being a human rights violation affecting more than two million people. For the present investigation by the study of women and children, considered vulnerable group within the trafficked persons it was decided. It is the key role of information, because who knows her rights and that protected and where to go, can exercise their rights and enforce laws concerning the criminal code. In this sense an element contributing information to be true to the respect and enjoyment of the rights and freedoms we have as human, equal and worthy, necessary beings to live in harmony becomes. For a better understanding of the content of this study, we began introducing chapters I, II, III, making a theoretical, conceptual and contextual elements that are part of the phenomenon studied in this paper the history reference, human rights and trafficking. Chapter IV and V, presentation and discussion of results, conclusions and recommendations proposal explained; how in practice the issue of human trafficking and what happens in reality is addressed, which she gave us the elements to put together a proposal that promotes the rights approach; the conclusions and recommendations provide guidelines to consider political and social rehabilitation activities for this group of people living such a complex reality.
- ItemLa falta de citación oportuna con la demanda de alimentos vulneran los derechos de los obligados a la prestación alimenticia en la ciudad de Guaranda, durante el año 2012(Universidad Estatal de Bolívar.Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas, Carrera de Derecho, 2012) Naranjo Bayas, Diego Renán; Naranjo Escobar, MarcoEn la presente investigación me refiero al interesante tema de “La falta de citación oportuna con la demanda de alimentos vulneran los derechos de los obligados a la prestación alimenticia en la ciudad de Guaranda, durante el año 2012”, La importancia y trascendencia del problema socio-jurídico de la Ley Reformatoria al Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia adolece de inconstitucionalidad, ya que vulnera el derecho a la defensa de los obligados a la prestación de alimentos, se fundamenta principalmente en la necesidad de garantizar los derechos de los obligados ya que según el código Orgánico de la Niñez y Adolescencia se impone que la pensión de alimentos se debe desde la presentación de la demanda, es en donde ya se cree una obligación con la simple presentación de la demanda, y sin notificación alguna al demandado que es donde adolece de inconstitucionalidad según el Art. 76, numeral 7, de nuestra Constitución de La República del Ecuador que nos habla sobre las garantías básicas del debido proceso. Dice la primera garantía en el literal a), el cual establece: “Nadie podrá ser privado del derecho a la defensa en ninguna etapa o grado del procedimiento, y en el literal c) del mismo artículo constitucional en referencia, el cual establece: “Ser escuchado en el momento oportuno y en igualdad de condiciones, es en donde se presenta el problema ya que según mi parecer aquí es en donde se está vulnerando el derecho a la defensa y el debido proceso, debido a que no se le permite defenderse al momento de establecer una obligación, porque es derecho de todo ecuatoriano poder intervenir en todo proceso en que se decida sobre sus derecho o en este caso donde nace una obligación. El contenido de la presente Tesis es un esfuerzo intelectual en el ámbito científico y metodológico, y tratando de proteger derecho a la defensa en el debido proceso, en vista de la inexistencia de inconstitucionalidad legal en el Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia. Con este pequeño preámbulo, doy inicio a mi investigación académica que lo realicé en esta ciudad de Guaranda, provincia de Bolívar, utilizando un diseño bibliográfico y de campo, que me permitió recabar información doctrinaria, jurídica y de opinión de conocedores del tema, y que lo he plasmado de forma ordenada, y sistemática en la presente tesis. En el Capítulo I, me refiero al Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, Antecedentes, Titulares de derecho de alimentos, Incumplimiento del obligado a la prestación de alimentos, Problemática del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia en cuanto a una solución sin violentar derechos y Principios Constitucionales y los Tratados Internacionales de Derechos Humanos al tratar sobre momento desde que se debe la prestación de pensión alimenticia. En el Capítulo II, trato sobre la Constitución de la Republica, Antecedentes, Derechos Constitucionales, Derecho a un debido proceso; y, Derecho a la Defensa. En el Capítulo III, por su importancia me refiero La Justicia en el Ecuador, La administración de Justicia, El Juicio de Alimentos, el Procedimiento; y, Resolución. En el Capítulo IV, me refiero a Los Derechos Humanos, Declaración Universal de los Derechos Humanos, Derecho a la Legítima defensa; y, esencialmente trato sobre el Derecho a ser Informado Oportunamente. En el Capítulo V, doy a conocer de los resultados de la investigación de campo, representados estadísticamente mediante cuadros y gráficos, dando a conocer mi punto de vista frente al criterio acertado de los profesionales del derecho sobre “La falta de citación oportuna con la demanda de alimentos vulnera los derechos de los ciudadanos obligados a la prestación alimenticia en la ciudad de Guaranda, durante el año 2012”. Se concluye la investigación con una propuesta de reforma al Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, pretendiendo con ella, motivar a los Asambleístas Nacionales cristalicen este proyecto de reforma, basado en principios del debido proceso y sobre todo en derecho constitucional y derechos humanos, y evitar de esta manera que con leyes ambiguas se continúe vulnerando los tratados internacionales de derechos humanos.
- ItemEl impacto ambiental por la no existencia de una planta de tratamiento de las aguas servidas de la ciudad de Guaranda, vulneran el derecho al buen vivir cantón Guaranda provincia Bolívar, período 2012(Universidad Estatal de Bolívar.Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas, Carrera de Derecho, 2012) Iza Villacis, Michael Andree; Noboa Larrea, GonzaloEl presente trabajo investigativo tiene por objeto realizar un análisis de los derechos del ciudadano y la vulneración que existe por parte del Gobierno descentralizado del cantón Guaranda, al no tener una planta de tratamiento de aguas servidas y su vulneración al Derecho al Buen Vivir o Sumak Kawsay, al considerar que el derecho humano al agua es fundamental e irrenunciable por constituir el agua un patrimonio nacional, estratégico de uso público, inalienable, imprescriptible, inembargable y esencial para la vida. Al tener este derecho como ciudadano del cantón Guaranda, nace el problema de mi investigación al no contar el Gobierno descentralizado del Cantón Guaranda con un planta de tratamiento de las aguas servidas y su incumplimiento provoca que se genere la vulneración de un derecho constitucional al no acceder la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, la contaminación del agua, generado por las diversas actividades humanas obliga a una acción de prevención y control de la contaminación ambiental del cantón, así como medidas de mitigación y reparación, sin permitir tener una mejor calidad de vida, como es público las personas que habitan en las riveras del río Guaranda son las más perjudicadas y siempre han estado marginadas y es ahí la necesidad de realizar este estudio para lograr que esta vulneración no persista por parte del Gobierno Descentralizado del Cantón. Toda acción u omisión que puede estimarse lesiva a los habitantes, no aseguran el derecho a vivir en un ambiente sano, que garantice el Buen Vivir. Debemos considerar que la Constitución garantiza como titular del derecho a la naturaleza y su entorno y el derecho humano al agua, para asegurar una convivencia entre los ciudadanos. El presente trabajo está compuesto por cinco capítulos los que a continuación detallo cada uno de los capítulos que contienen los mismos. El Primer Capítulo 2 que comprende sobre el problema que genera en este trabajo investigativo, aquí también se platea el problema, la formulación al problema, la delimitación del problema, los objetivos y la justificación de la investigación. En el Segundo Capítulo hablo sobre el marco teórico donde encontramos los antecedentes de la investigación, la fundamentación científica, sobre el medio ambiente, su origen metodológico, la definición literal, la epidemiología, una ambiente, físico, ambiente biológico y un ambiente socioeconómico, también encontramos la geoambiental dentro de este tema tenemos la ciencia geoambiental, el campo de acción de la ciencia geoambiental, la importancia que tiene la ciencia geoambiental en la actualidad, la constituyente del medio ambiente, el ambientalismo, la reseña de la influencia del hombre sobre el medio ambiente, la evaluación del impacto ambiental, su definición, historia, el instrumento de la evaluación del impacto ambiental, también trato sobre el ambiente, la historia ambiental, las unidades ambientales tales como vertiente andina alta, vertiente andina media, vertiente andina baja, el piedemonte andino lejano, la cuenca amazónica baja, las llanuras de esparcimiento, la naturaleza y su cultura, conservación del ambiente, razones económicas, científicas, éticas, sociales, legales, el proteger al ambiente en el hogar, la comunidad, la empresa, el campo, la escuela, las playas, bosques, parques, áreas verdes, la conservación de la naturaleza, las políticas de conservación de la naturaleza, la unión internacional para la conservación de la naturaleza, conservación de las especies, protección de la naturaleza, las funciones ambientales de los bosques, el impacto ambiental del manejo de los bosques naturales, el sol y energía. Además trato sobre el impacto ambiental, su evolución, evaluación, declaración, y su estudio, los tipos de impactos ambientales tales como positivo negativo, directo o indirecto, sinérgico, residual, temporal o permanente, reversible o irreversible, continuo o periódico, sus clases de impacto como impacto sobre el medio natural e impacto ambiental a nivel mundial, los 3 impactos ambientales potenciales, el agua, el aire, la tierra, el impacto sobre el medio social los efectos económicos, socioculturales, tecnológicos y sobre la salud, impacto sobre el sector productivo, la evaluación del impacto ambiental, el informe medioambiental, evaluación preliminar, evaluación simplificada, evaluación detallada, la tipología del impacto ambiental, la clasificación de impactos, por extensión, diferentes subsistemas terrestres, en el tiempo 4 grupos, otros criterios de clasificación, impactos, recursos y población, valoración de los impactos, valoración cualitativa o cálculo, valoración cuantitativa, valoración final de un impacto, causa y efecto, relación causa-efecto, medidas de minimización de impacto, vulnerabilidad, grupos vulnerables, vulneración de derechos ambientales, vulnerabilidad ambiental, vulnerabilidad social, el fundamento filosófico, su hipótesis, las variables independientes y las variables dependientes y el glosario de términos ambientales. En un Tercer Capítulo hablo sobre las estrategias metodológicas que se utilizó en la investigación, esto es por el objeto: cualitativa, por el lugar: de campo, por la naturaleza: descriptiva; la recolección de información, la población, la muestra, las técnicas de investigación la encuesta, los métodos utilizados fueron el histórico-lógico, análisis-síntesis; el universo y la muestra, el diseño y nivel de la investigación que se utilizaron, así como el análisis e interpretación de resultados de las encuestas aplicadas a los ciudadanos, Jueces de lo Civil y Jueces de lo Penal del cantón Guaranda, Ministerio del Medio Ambiente y Abogados en Libre Ejercicio Profesional y la sustentación de la hipótesis Finalmente en el Cuarto Capítulo me refiero a mi propuesta de elaborar una Ordenanza Cantonal para normar el tratamiento de las aguas servidas de la ciudad de Guaranda que desembocan en el Río de Guaranda, el mismo que servirá para garantizar el derecho al buen vivir o Sumak Kawsay; que me llevó a las conclusiones y recomendaciones que fueron desglosadas de los resultados del trabajo de investigación.
- ItemImpacto Socio Jurídico del maltrato físico y psicológico de Niñas, Niños y Adolescentes; en el Cantón Guaranda Provincia de Bolívar durante el Año 2009’’(Universidad Estatal de Bolivar. Facultad de Jurisprudencia Ciencias Sociales y Politicas. Escuela de Derecho, 2012) García Quinaloa, Diego Daniel; Noboa Larrea, Gonzalo EnriqueThis problem from the beginning served as a basis to consider a number of aspects of the lives of children and adolescents: relationships adult-child, school and rights, everyday, power relations, care institutional, physical abuse, neglect, prevention, care case, punitive and non-punitive, multidisciplinary work, prevention, good treatment, service quality, have been among others, some aspects addressed in this field, it has thought long and have given significant contributions to improving the lives of children. Unfortunately these reflections have had little response in the practical world in the country, the new professionals face these cases with the same prejudices and unknowns with which he faced the in this research theme With this background we have tried to fulfill this document with the aim of proposing, contents, methods and mechanisms half of which could be introduced into practice the punishment of those abuse and mistreat children and adolescents, so that "... new professionals are adequately prepared to handle cases mistreatment of children and adolescents, and that can support theoretical and methodologically processes to improve the quality and warmth of the adult relationships - children in the canton Guaranda "
- ItemLa Policía frente al deber y derecho de ingresar a cualquier Establecimiento Educativo Autónomo, para evitar las alteraciones del orden Público.(Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas. Escuela de Derecho, 2012) Cañas Sanabria, Miguel Angel; Valverde Yanez, Carlos MesiasThe participatory action research and hypothetical-deductive aims defectible investigate the influence on the logical-legal intervention of autonomy university in disorderly conduct to safeguard the integrity protect people and material goods in the State University Guayaquil, Guayas Province, Guayaquil in 2010, to Therefore, the research raises from diagnosis, the scientific positioning legal and strategy of change: Safeguarding the integrity of people and material goods in protecting the institution of higher education through the generation and logical-legal systematized university autonomy, to safeguard public order and Constitution, which is necessary for the logical and systematic disclosure one intellectual gap that allows: Defectible identify the logical level of autonomy and legal intervention university in the disorderly and insecurity revealed in the integrity of individuals and protection of property. Emphasize the scientific importance bidder characterizes autonomy university, disruption of public order and the human-cultural integrity and good material. Design a proposal that does not vulnerabilice university autonomy, but generating logical and systematic legal conditions in the alteration of public order and safeguarding the integrity of people and protection material goods. 6Y, which from methodical hypothetical-deductive: Insufficient training intellectual and vulnerability conditioned by political defectible in University autonomy in correspondence with logical intervention defectible legal limit public order, the integrity of individuals, homelessness and protection of material goods at the State University of Guayaquil. Chapter I, Part from the problematization, and it reveals from intellective positioning its categorization system the initial process historic college, university autonomy and its impact systematic and logical in virtual independence determination responsible, where the Constitution adds that universities governed by its own law and its own statutes, their enclosures are inviolable and are independent from the executive function, the same as participant in reality marked by positivist conditional neofismo of the participating institutions. Chapter II reveals the autonomy theoreticity incudes academic and should extend full financial. But: you must understood that autonomy puts him to college out of control by state agencies? Can it be considered that the university, to have its own law, is not subject to law Overall the country? More than that, could it be accepted that, under autonomy, Universities are above constitutional norms? Result absolutely unacceptable the claim that autonomy can have a so excessive and unreasonable extent. If within the university, the university authorities or bodies on a trample given time with their actions or decisions rules constitutional or legal and legitimate interests of teachers or students, it is essential and logical to admit that those who sit 7perjudicados with such resolutions have the right to go to their complaints to state bodies responsible for precautionary guarantees and rights of individuals. And if that body is the Constitutional Court, because the University does not touch him but to respect the rulings of the same. All this regardless of whether this Court is defectively made or that their attributions correspond or not to which they should be doctrinally assign. During recent decades, a misunderstood autonomy has led him university to absurd conduct their business outside the legal limits of the State, to live with her back to the country and its realities. This It is one of the fundamental ingredients of the crisis, which should be corrected, if good faith is to be overcome. Insist on the mistake of justifying mistakes and abuses even in a quasi-sacred dogma, but archaic, is not walking in the right direction. Legal intervention addresses the logical development from the postulates theoretical logic, such axioms as elements present production momentous not only basic knowledge but applied, where logic has been very useful to the various sciences both formal and factual knowledge. Then the question arise about the possibility of generating autonomy of these new facets of logic, It is of interest to resolve this question as a frame of reference one of these: The legal logic, for it is considered to inquiry important to realize that it is not (talking about the legal logic) a application to the field of law, the supreme law of pure logic. While the latter concern declarative judgment and affirm or deny something of its truth or falsity, the other principles and norms always refer to They affirm or deny something of its validity or invalidity. Those belonging thus the logic being that of these legal duty. 8Argumenta from the integrity of people, homelessness and protection goods and materials from responsible autonomy internalize an exempt logic and rationality to dodge the legal right that should be everyone-responsible of the management-real, with legal objection. Chapter III addresses the analysis and empirical-analytic and dialectical interpretation critical instrument of primary data collection and from of them, conclusions and recommendations in order to reveal verify from the hypothetical-deductive method: descriptive checking the hypothesis and dialectical relationship with the scientific problem. Chapter IV, attitudinal proposal reveals a positivist rationality, conditional independence to a responsible autonomy under the logical-legal agreement between the police force and college, the same to be projected from an operating plan.
- ItemTutelas jurídicas para la judicialización de la prueba en el juicio oral penal(Universidad Estatal de Bolívar.Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas, Carrera de Derecho, 2012) Barragán Gaibor; Yánez Olalla, Telmo ElíasEl presente trabajo investigativo lo he desarrollado cumpliendo exigencias metodológicas propias de una investigación científica, cuyos resultados obtenidos de manera lógica y concreta, constituyen la pauta para exponer el conocimiento socio-jurídico aprehendido y plasmado por escrito en la presente tesis, que tiene como título: “TUTELAS JURÍDICAS PARA LA JUDICIALIZACIÓN DE LA PRUEBA EN EL JUICIO ORAL”, y que se estructura esencialmente con: La Introducción, el contenido teórico y la investigación de campo, las conclusiones, recomendaciones y la propuesta legal. La Introducción, lo he redactado al final de todo el trabajo investigativo, relevando las observaciones que hicieron surgir el problema, la formulación de éste y el planteamiento de la idea a defender, así como sus variables, dando una explicación de los objetivos y de los resultados alcanzados con la investigación, procurando motivar al lector para que se interese en su contenido. Para la redacción del informe final, se tomó en cuenta fundamentalmente, el contenido académico recopilado en las fichas bibliográficas, y en los resultados obtenidos mediante las encuestas aplicadas a treinta profesionales del derecho (jueces penales, fiscales y abogados en libre ejercicio) que conocen de la materia, cuyos datos están presentados en cuadros y barras, junto con su análisis e interpretación, que luego fueron trasladados sistemáticamente a los respectivos contenidos del sumario, e incluye un trabajo intelectual de comprensión y reflexión para contrastar el cumplimiento de los objetivos propuestos y para verificar la idea defendida, además contiene referencias históricas, citas, análisis críticos, que permiten llegar a la enunciación de conclusiones y recomendaciones. h Las conclusiones y recomendaciones, fueron redactadas luego de terminado el contenido teórico y práctico del informe final, procurando dar un resumen de los resultados alcanzados con la investigación; sugerir medios y procedimientos para aplicar los nuevos conocimientos obtenidos, y establecer los pasos necesarios para la judicialización de la prueba en materia penal en la etapa del juicio, y sirva como herramienta útil para los estudiantes de la carrera de leyes, que como futuros profesionales del derecho, debemos tener un conocimiento claro y preciso sobre éste problema plenamente identificado. Con este pequeño resumen, presento mi trabajo investigativo que lo he realizado en la ciudad de San Miguel de Bolívar, y lo pongo a consideración del lector como una modesta iniciación para que vengan otros que llenen la justa aspiración de conseguir criticas acertadas y técnicas sobre la judicialización de la prueba en materia penal.
- ItemLa citación por la prensa del acto preparatorio de la confesión judicial, vulnera derechos en el sistema procesal ecuatoriano.(Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas, Carrera de Derecho. Abogado de los Tribunales y Juzgados de la República del Ecuador, 2012) Eduardo Págalos, Ángel; Naranjo Estrada, Ángel TeodoroLa presente investigación jurídica titulada “Citación por la prensa del acto preparatorio de la confesión judicial, vulnera derechos en el sistema procesal Ecuatoriano” responde a una mala práctica; donde el actor conociendo perfectamente el lugar de residencia del afectado y/o familiares prefieren recurrir a la citación por la prensa argumentando desconocer su domicilio. El principal objetivo es demostrar que la citación judicial por la prensa del acto preparatorio de la confesión judicial, vulnera los derechos en el sistema procesal Ecuatoriano; en la medida de que conociendo el domicilio del demandado y/o familiares, se realiza desconociendo aquello con la finalidad de causar daño, con mala fe y para acelerar el proceso. Esto, ocasiona efectos jurídicos en contra del acusado, declarando o reconociendo un hecho o la existencia de un derecho. Vulnera los derechos de los llamados a confesar por el desconocimiento total de la acción interpuesta en su contra. Causa indefensiones a los demandados por esta instancia judicial mal practicada. Se comprueba que muchas citaciones por la prensa a los llamados a confesar, atendiendo las confesiones judiciales como peticiones, afectan a varias personas. En consecuencia, la confesión judicial es una institución que adolece de falencias jurídicas en la práctica procesal; esto hace que se analice el problema y se proponga soluciones. La investigación se realizó como un estudio de caso, concentrando la atención en el Juzgado Quinto de lo Civil de Bolívar, donde, de los 10 procesos analizados, los 5; es decir el 50% del total utilizaron la citación judicial por la prensa, aunque conocían plenamente el domicilio y a los familiares del afectado. La propuesta consiste en reformar los artículos 82 y 127 del Código de Procesamiento Civil para detener esta práctica que cada vez se está generalizando. El contenido de la tesis consta de la parte introductoria y cuatro capítulos estructurados de manera que explique qué es lo que se quiere hacer, como y para que, como también el trabajo de campo, el análisis e interpretación, para finalizar con la propuesta. La parte introductoria contiene la portada, aprobación, dedicatoria, agradecimiento, acta notariada y resumen ejecutivo. El capítulo I se refiere a la parte metodológica de la investigación; desde el tema hasta el tratamiento estadístico que se lo dará al mismo. El capítulo II está destinado al marco teórico en el que sustenta el trabajo investigativo. El capítulo III, sobre el análisis e interpretación de resultados, comprobación de hipótesis, conclusiones y recomendaciones. El capítulo IV contiene la propuesta, con su título, justificación y desarrollo Finaliza el trabajo con la bibliografía consultada y los respectivos anexos. Lo que se pretende con esto es precisamente demostrar que se ha analizado un tema nuevo, que constituya un aporte a la jurisprudencia y sirva de estímulo para futuras investigaciones. Permite aportar conocimientos para la construcción de leyes que vayan en beneficio de las grandes mayorías ciudadanas y que impidan las vivezas criollas con respecto a la citación judicial por la prensa. En este trabajo se utilizaron los métodos: científico, inductivo y deductivo; como tipo de investigación se dice que por el propósito es aplicada, por el nivel de estudio es descriptiva y de campo. Las técnicas utilizadas serán mediante la aplicación de encuestas, tomando en consideración que el universo de investigación es de 10 casos en el Juzgado de lo Civil de Bolívar, de los cuales 5 de ellos fueron afectados con la citación judicial por la prensa.
- ItemEl cuidado a los niños y niñas en los centros infantiles del buen vivir rurales de la parroquia Veintimilla, violenta la garantía constitucional del interés superior del menor, al no brindar una atención con calidad y calidez”, cantón Guaranda provincia Bolívar, período 2011- 2012.(Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudncia, Ciencias Sociales y Políticas, Carrera de Derecho, 2012) Ordoñez Cabezas, Lenin Oswaldo; Noboa Larrea, GonzaloEl presente trabajo investigativo tiene el propósito el cuidado a los niños y niñas en los Centros Infantiles Del Buen Vivir rurales de la parroquia Veintimilla, violenta la Garantía Constitucional del Interés Superior del menor, al no brindar una atención con calidad y calidez. Se puede decir que para la presente investigación se utilizo la investigación documental en el material impreso encontrado en el Código de la Niñez y Adolescencia, textos, internet y las encuestas realizadas a los directores, miembros autorizados y a los padres de familia que tenían el tiempo disponible para ayudarnos de la parroquia Veintimilla del cantón Guaranda. El trabajo en si está compuesto por el Primer Capítulo que comprende el marco teórico donde encontramos las teorías que se necesitan para la investigación, breves de los centros infantiles del buen Vivir, la familia, maltrato, violencia, tipos de violencia, los artículos en el Código de la Niñez y Adolescencia, la Constitución Política de la República del Ecuador, en la teoría contractual encontramos las palabras que tiene mayor relevancia y se los utilizo en la presente investigación. El Segundo Capítulo trata de la vulneración de los derechos, confidencialidad, transparencia, Medidas de protección emergente, Medidas de protección generales, La sanción, Noticia o denuncia, Investigación, Juzgamiento o análisis, La sentencia o resolución y Restitución de derechos. El Tercer Capítulo trata sobre el Interés Superior, Consecuencias jurídicas de vulneración del interés superior, Como se vulnera el interés superior, Garantía Constitucional del interés superior, Comité de vigilancia para la aplicación del interés superior, Competencias y procedimientos administrativos, Atención integral especializada, Identificación de la vulneración de derechos, Procedimientos operativos y aplicación y por tema final tenemos La sanción por vulneración del interés superior. VI En el Cuarto Capítulo pues contiene el análisis e interpretación se resultados de las encuestas aplicadas a los directores, los miembros habilitados y los padres de familia responsabilizados con sus respectivos análisis, además la comprobación de hipótesis que nos lleva a las conclusiones y recomendaciones que fueron desglosadas de los resultados del trabajo de investigación. Finalmente encontraran el Quinto Capítulo que consiste en la propuesta para alcanzar el objetivo propuesto sobre la creación un manual de funcionamiento del Centro Integral del Buen Vivir para brindar una atención a los niños y niñas con calidad y calidez.
- Item“Segundas y ulteriores nupcias, consecuencias socio jurídicas en el derecho al cuidado y protección de los hijos menores de edad del cónyuge divorciado que no ha vuelto a casarse o que dio causa para el divorcio en la administración de justicia del cantón San Miguel de Bolívar, durante el año 2012”(Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas, Carrera de Derecho, 2012) Manobanda Armijo, Jenny Maribel; Barragán Vinueza, Ulices EduardoTodo Estado Constitucional de Derechos implica transformación en el estado, porque la constitución es vinculante, existe supremacía en el sistema de las fuentes del derecho (Ley, costumbre, jurisprudencia, doctrina científica, equidad, y los principios generales del derecho, derecho natural, universal....) , de su eficacia y aplicación directa e inmediata de la constitución, la garantía jurisdiccional, su materialidad normativa y la rigidez constitucional, vale decir se somete al constitucionalismo contemporáneo. Al tratar sobre derechos de las personas, viene a nuestro pensamiento un sinónimo de unificación de valores morales y sociales donde en la administración de justicia se conjuga la existencia de persona - jurista – juez. Haciendo un análisis de la constitución vigente ( 2008) en el Ecuador, en lo relacionado al precepto de igualdad o acción afirmativa, el1 Art. 11, Inciso último, principio 2, establece una norma de suma importancia para hacer efectivo este principio, es decir le da al estado esa potestad para adoptar medidas de acción afirmativa que promuevan la igualdad real a favor de los titulares de derechos que se encuentran en situación de desigualdad, promoción del poder público, requisito práctico para la real vivencia de los derechos y garantías constitucionales. Hablar de Derechos Humanos, de las personas es referirnos a aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna, sin distinción alguna de etnia, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Tratar sobre la segundas y ulteriores nupcias, es consecuencia de un pasado histórico en el proceso de la vida de los seres humanos, en especial de una pareja unida por vínculos de afectividad, es decir unidos por la institución jurídica del matrimonio, por lo que haré un análisis al proceso mismo como antecedentes del matrimonio en el Ecuador, relación o vínculo incierto que en el mayor de los casos, termina por disolución del mismo, o mejor conocido por divorcio, institución de la que me valdré también para sustentar mi trabajo de tesis previa la obtención del título de Abogada de los Tribunales y Juzgados de la República del Ecuador, es entonces este hecho, el que me permite investigar justamente a la institución de las segundas y ulteriores nupcias y sus consecuencias socio jurídicas, por cuanto el nuevo matrimonio, es inobservado, no se aplica las reglas sobre la situación personal de los hijos menores de edad, esto es sobre el cuidado, protección de los hijos menores de edad en el derecho que le asiste al cónyuge divorciado que no ha vuelto a casarse, en igualdad de derechos, por ser nuestra Constitución en este proceso de cambio, transformación la que ha generado un estado de igualdad entre las, los ciudadanas, (nos), consecuencias socio jurídicas éstas, refiriéndome a la no aplicabilidad o inobservancia de la ley en derecho de familia, que son gravísimas para la estabilidad emocional de dichos hijos, y también para el progenitor divorciado que no volvió a casarse. Serán temas de análisis, los casos en que se obtiene la curaduría especial y en qué consiste, ya que a lo largo de la historia siempre se ha tenido en cuenta y se ha llevado a cabo esta resolución adoptada desde la época romana en cuanto y en tanto a los hijos, les otorgaban parte de sus bienes de un primer matrimonio y por ser menores de edad para efectos legales, necesitan de un adulto quien les lleve el inventario de todos los bienes que quedaban o tenían a su favor. Esta institución de ulteriores nupcias o binupcial, desconocida en el período clásico del Derecho Romano, hizo su aparición a finales del siglo IV como resultado de una tendencia protectora de los hijos del primer matrimonio, aunque estaba latente tiempo antes, como prevención de las segundas nupcias, protegida por la doctrina de la iglesia y dando lugar a que sus representantes cristianos establecieran medidas legales respecto a las mismas, tales como dicha reserva binupcial o clásica y la limitación al cónyuge sobreviviente del causante bínubo, en concurrencia con hijos o descendientes de anterior matrimonio de éste, vale decir, el padrastro o la madrastra, no podían adquirir en la sucesión de dicho causante más de lo que correspondía al hijo menos favorecido del expresado anterior matrimonio, limitación recogida por la Compilación de Cataluña de 1960, la Compilación de Baleares de 1961 y la Compilación de Navarra de 1973. Actualmente ha sido suprimida en las dos primeras, pero se mantiene en Navarra, donde, además, es aplicable respecto de los hijos y descendientes del segundo matrimonio. Nuestro sistema legal familiar, recogido por el Código Civil, da el concepto de matrimonio, trata sobre la disolución del vínculo matrimonial, al determinar que el divorcio disuelve el mismo, describe en qué momentos la persona puede volver a casarse, bajo el cumplimiento de ciertos requisitos o presupuestos. En la materia investigativa es importante dejar constancia que nuestro Código Civil se preocupó única y exclusivamente de establecer una prohibición de contraer matrimonio, en lo relacionado a las segundas y ulteriores nupcias, específicamente en el Art. 133, exigencia establecida para la designación de curador especial en caso de haber o no bienes, resaltando la presentación de la certificación auténtica del nombramiento de curador especial, al igual que hace gala de la información sumaria de que el viudo no tenga hijos, bueno, para el caso de viudez, pero en materia de análisis, lo que no interesa es justamente para el caso del nuevo matrimonio por razón del divorcio.2 El Art. 108 del Código Civil, cuando se refiere al divorcio por mutuo consentimiento, dentro de su contexto, contempla disposiciones legales de suma importancia, y es justamente en el Inciso 3ro, regla 5 que deja expresa constancia que el matrimonio del cónyuge divorciado dará derecho al cónyuge que no se hubiere vuelto a casar para pedir al juez que se le encargue el cuidado de los hijos hasta que cumplan la mayoría de edad, dándole una disposición facultativa de pedir o no pedir, es decir debe guardar relación expresa con la regla 4, esto al determinar que no se confiará el cuidado de los hijos al cónyuge que hubiere dado causa para el divorcio por cualesquiera de los motivos contemplados en el Art. 110, caso que no es aplicable para el divorcio consensual, dejando en claro que tiene plena vigencia para los casos de divorcios controversiales o por causales, resultado este que tampoco se cumple por parte de los operadores de justicia en el cantón San Miguel de Bolívar, Provincia Bolívar, ya sea cuando la competencia le estaba atribuida a los Juzgados de lo Civil, y posteriormente con la entrada en vigencia del Código Orgánico de la Función Judicial, a los Juzgados de la Familia, Niñez y Adolescencia, y que como unidad judicial el Juzgado de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, con jurisdicción y competencia en el cantón San Miguel de Bolívar entra en pleno ejercicio de sus funciones el mes de Abril del año 2012. 3 Como objeto de trabajo de estudio, partiendo de un análisis del Código Civil, Libro Primero, sobre las clases de derecho de familia impartidas en mi formación como futura profesional del derecho, lo que me permitió inclinarme por este tema, pues tantos años de vida que ha tenido nuestro Código Civil, los arreglos o parches o simples reformas que se le ha dado, que han sido mínimas, pero el legislador poco o nada se ha preocupado por una reforma íntegra, es entonces que mi preocupación y las consultas realizadas me ha llevado a hacer efectiva esta temática para mi investigación, porque en el derecho de igualdad de condiciones y oportunidades debemos conocer, entender que el derecho es precisamente una instrucción que gobierna la conducta humana, y crea la convivencia de los seres humanos. 4 Todo ser humano es generador de la conducta humana por lo que hace efectiva dicha convivencia, pero regulada por el derecho. Es importante conocer prácticas aplicadas en el proceso histórico sobre la situación de los hijos menores de edad frente a una nueva parentela o familia, aciertos y desaciertos en la práctica procesal para la satisfacción de derechos mutuos, al igual que una adecuada administración de justicia en el Ecuador, en especial en el medio geográfico donde se desarrolla el trabajo de investigación, realidad jurídica que es preocupante por la no aplicabilidad, inobservancia de la ley por parte de los justiciables – juristas – jueces, conocidos como operadores de justicia, donde se desenvuelven las partes procesales o justiciables, profesionales del derecho, jueces, específicamente en la Judicatura del cantón San Miguel de Bolívar; lo que a generado una intranquilidad familiar, en especial de los progenitores que no han dado motivo, causa para el divorcio, al igual que de aquellos que no se han vuelto a casar, y que bien pudiera tener bajo su cuidado y protección a sus hijos menores de edad, reflejándose en el mayor de los casos, falta de responsabilidad alimentaria o simplemente irresponsabilidad en cuidar, proteger, atender a sus hijos. Este análisis, permite revelar la falta de importancia frente a esta institución jurídica y que como se deja dicho por un acto de irresponsabilidad, o no aplicación jurídica de los derechos existentes, mismo que en la actualidad así como está concebida la ley, tiene el carácter de permisiva, facultativa, donde el padre o madre poco o nada le interesa, lo que se complica aún más con el lento tratamiento que todavía se le da a los procesos civiles que se quedaron en trámite en esta judicatura, a pesar de que nos encontramos en un proceso de cambio profundo al sistema de administrar justicia en el país, pues lo que se pretende es que las personas que se hallen involucradas en este tema de investigación se incluyan en el proceso constitucional de derechos y justicia; se justifica académicamente también este trabajo, por el efecto e importancia de la misma para ejecutar este tipo de trabajo; cierto es, rigiéndome en las conductas legales y reglamentarias para ejecutar esta investigación jurídica, que regula la Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas de la Universidad Estatal de Bolívar, previa la obtención del título de Abogados de los Tribunales y Juzgados de la República. Motivar este tipo de averiguación jurídica permitirá a que como estudiante de derecho, le dé mayor importancia a nuestra capacidad de análisis jurídicosocial sobre el sistema procesal aplicable en materia civil, específicamente cuando se trate de acciones que provengan de un divorcio, de una disolución de la sociedad conyugal, o de una terminación de una unión de hecho legitimada, constituida por haber cumplido con los presupuestos procesales que requiere la ley. Creo que el reto sería precisar la no concurrencia a juicio de disenso para contraer segundas nupcias por parte del cónyuge que no pretende volver a casarse para hacer valer sus derechos frente a la petición, o deducción de demanda para obtener dicho disenso o autorización judicial para contraer segundas y ulteriores nupcias, y que sin tener que promover demanda incidental en el juicio de divorcio, sea el juzgador al momento de autorizar en nuevo matrimonio, quien genere derechos sobre el cuidado y protección de los hijos menores de edad en favor del cónyuge que no se ha vuelto a casar, o que dio causa para el divorcio, atendiendo los principios de Simplificación, Dispositivo, Inmediación y Concentración, justamente con la reforma que se pretende aplicar al Código Civil, reforma que contenga una disposición legal con un carácter de imperativa, obligatoria, no facultativa, permisiva, es decir que ese derecho tenga el valor de obligatorio en la misma resolución que dicte la autorización o disenso judicial; a su vez se mande a dejar constancia expresa en el juicio primitivo que sería el de divorcio, proceso en el cual confirió el cuidado y protección de los hijos menores de edad, y como se deja dicho, se debe insistir en que el disenso o autorización para contraer segundas nupcias es posterior al divorcio que declara disuelto el vínculo matrimonial y concede el cuidado y protección de los hijos menores de edad, sin observar lo dispuesto en el Art. conforme a lo determinado en el Art. 108, Inciso 3, regla 4 y 5 y que cuya reforma se quiere aplicar al Art. 133 del Código Civil .5 Por lo anotado, mi compromiso está enfocado en un verdadero análisis jurídico social actual, cuyo propósito es comprender las diferentes posiciones o enfoques legales, descubriendo la raíz del problema, que produce la irresponsabilidad, la no aplicación u observancia de la norma jurídica, constituyendo en el caso no consentido una falta de respeto de los derechos que confiere nuestra Constitución, al igual que de los determinados en el Código Civil, a suerte de ennoblecer nuestro intelecto y brindar aportes legales sustentables, justos a la sociedad, como a los justiciables, Profesionales del Derecho, Estudiantes de Derecho. Es sostenible jurídicamente mi trabajo investigativo, porque me basaré en las disposiciones legales contempladas en el Título IV, Art. 131, en especial a los Arts. 108, Inciso 3, reglas 4 y 5, Art. 133, del Código Civil Codificado, Libro I, vale decir cuando se trate de segundas y ulteriores nupcias que provengan de un divorcio o terminación de unión de hecho legalmente reconocida, en lo relacionado a confiar el cuidado y protección de los hijos menores de edad, al cónyuge, mejor dicho ex cónyuge que hubiere dado causa para el divorcio, así como también otorgarle ese derecho al cónyuge que no hubiere vuelto a casarse, criterio legal que es no aplicado, tampoco observado, siendo una vulneración de derechos tanto de ex cónyuges, como de los hijos menores de edad, pues en las segundas y ulteriores nupcias, tiene una suerte incierta, o una acertada permanencia de vida frente al nuevo compromiso, acontecimiento que es de carácter nacional específicamente en especial en nuestro medio materia de investigación porque sus resultados son reflejados en el Juzgado Civil de San Miguel de Bolívar y como el objeto mismo es el de sustentar este trabajo investigativo citaré a lo que es Ley, normas de derechos humanos, normas por su supremacía prescritas en la Constitución de la República del Ecuador, considerando ciertos principios constitucionales respecto a los igualdad de derechos, normas del Código Civil con relación a derecho de familia, a instituciones jurídicas propias del trabajo de tesis, detallaré el límite hasta donde permite la reforma legal como propuesta para que sea aplicada en procesos de segundas y ulteriores nupcias que provengan del divorcio o terminación de las uniones de hecho. Así determinada esta figura, poder materializar una intención de tributo rica en conocimientos, que permita establecer una problemática real y establecer hipótesis razonables, susceptibles de solución. 6 Este trabajo materia de investigación, tiene importancia única para mi persona por las consecuencia sociales que produce este problema en la práctica, ya que ese conformismo o falta de interés en hacer efectivos ciertos derechos, ha conllevando a generar otras dificultades sociales ya no de pareja, sino más de ex pareja y la relación para con sus hijos menores de edad, sin considerar los elementos esenciales de la familia a pesar de estar divorciados, disueltos y nuevamente unidos por efectos de segundas y ulteriores nupcias. Mi razonamiento me lleva a dar una respuesta positiva a la sociedad, introduciéndome en ese desafío encaminado a elaborar un proyecto de reforma legal; y, mi interés al desarrollar este tipo de trabajo investigativo, está también basada en el comportamiento social en estos casos, de falta de respeto a la moral, a la obligación misma de padres y a las consecuencias psicológicas, afectivas de los hijos menores de edad. Como posibles causas que originan el problema he considerado: 1.- En la práctica diaria de problemas de familia o sociales, existe falta de interés de ser confiado en el cuidado, protección de los hijos menores de edad, provenientes de una causa de divorcio, terminación de unión de hecho frente a las segundas y ulteriores nupcias. 2.- Las disposiciones legales constantes en los Art. 108, Incisos 3, reglas 4, 5 del Código Civil, al determinar una facultad de no confiar el cuidado de los hijos al cónyuge, mejor dicho al cónyuge que dio causa para el divorcio y al cónyuge que no se hubiere vuelto a casar para pedir se le encargue el cuidado de los hijos menores; y, las del Art. 133 ibídem, al contener una prohibición de contraer matrimonio, no es concreto en el derecho, para que se confíe el cuidado de los hijos menores de edad.7 3.- Las futuras demandas de segundas y ulteriores nupcias que provengan de divorcios o terminaciones de unión de hecho, deben constar expresamente con una norma imperativa que obligue a no confiar el cuidado y protección de los hijos menores de edad al cónyuge que dio causa para el divorcio, mientras que otorgue este derecho de cuidado y protección en forma obligatoria al cónyuge o conviviente que no se hubiere vuelto a casar o unirse monogámicamente en derecho. En la formulación del problema, se hace notar que la no aplicación y la falta de norma legal imperativa en la sustanciación de las demandas de segundas y ulteriores nupcias, atenta al derecho equilibrado de las personas justiciables, a su vez, provoca inaplicabilidad a las reglas jurídicas, surgiendo secuelas socio-jurídicas en la jurisdicción sanmigueleña, por lo que se hace necesario proponer un proyecto de ley reformatoria al Código Civil, que suprima en el Art. 108 Inciso 3, las Reglas 4, 5; que agregando un inciso al Art. 133, sus efectos cuenten con una norma imperativa para que no se confié el cuidado y protección de los hijos menores de edad al cónyuge que dio causa para el divorcio, o para la terminación de unión de hecho, otorgándose el derecho de cuidado y protección en forma obligatoria al cónyuge o conviviente que no se hubiere vuelto a casar o unido monogámicamente en derecho, reforma que converge con un criterio definido de aplicación efectiva a los derechos de los menores de edad e incapaces en general, puesto que este efecto legal meramente facultativo hace que los operadores de justicia en general, esto es profesionales del derecho, como sujetos de asistencia y patrocinio legal a los justiciables, o partes de un proceso legal, al igual que los administradores de justicia, admitan y tramiten demandas de este tipo sin importar en lo absoluto la situación personal de los hijos menores de edad e incapaces, vulnerándose permanentemente derechos universales y constitucionales de grupos vulnerables, menores de edad, e incapaces en general. La Hipótesis direcciona una aplicación de la norma en forma apropiada para su trámite legal de las demandas y causas de este tipo, partiendo desde la variable independiente y otra dependiente.
- Item“La naturaleza jurídica del patrimonio familiar y su inobservancia en la Constitución de unión de hecho”(Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas, Carrera de Derecho, 2012) Escobar Vega, Gabriela Ángela; Noboa Larrea, Gonzalo EnriqueHablar de una unión de hecho también es considerar los beneficiarios que este contrae especialmente si nos referimos al patrimonio familiar, en su caso, tendrán derecho a vivir en la casa, cultivar el campo y aprovechar en común los frutos del inmueble. La administración, corresponde a los cónyuges, si ambos lo han constituido, siguiendo las reglas análogas a las de la administración de la sociedad conyugal. En caso de muerte o de impedimento legal de uno de los cónyuges, le remplazará el otro, y a falta de ambos, el administrador que nombraren los beneficiarios mayores de edad y el curador o curadores que, de acuerdo con las leyes, representaren a los menores beneficiarios. Al constituirse se debe tomar en cuenta la cuantía de los bienes que integren el patrimonio familiar. Como efecto inmediato de la constitución en patrimonio familiar, se establece la limitación del dominio, mas no significa enajenación y los bienes que forman el patrimonio familiar son inalienables y no están sujetos a embargo ni a gravamen real, excepto el de las servidumbres preestablecidas y el de las que llegaren a ser forzosas y legales. Para que proceda la constitución del patrimonio familiar, se tramitará la autorización ante el juez competente; para el efecto se presentará una solicitud, se determinará en la solicitud el nombre y apellido, el estado civil, la edad y el domicilio del peticionario, así como los de los beneficiarios y el lugar o lugares donde estuvieren situados los inmuebles, con sus linderos propios y demás circunstancias que los individualicen, los bienes sobre los que se va a constituir no deben estar embargados, hipotecados, en litigio, anticresis o en poder de tercer poseedor con título inscrito, lo que se acreditará con el certificado del Registrador de la Propiedad; el valor del bien no debe exceder el determinado en el Artículo 843 del Código Civil del Ecuador, al mismo tiempo, el juez ordenará el avalúo por un perito nombrado por el. La aclaración que la constitución del patrimonio familiar no perjudica los derechos de los acreedores, ni de las personas a quienes deba alimentos el instituyente. Entonces, se puede afectar cuando hay deuda alimentaria. Si se extinguiera el patrimonio familiar, los bienes que lo formaban volverán al pleno dominio del que lo constituyó o de la sociedad conyugal, según el caso, o pasarán a los herederos que tuvieren derechos en ellos. El patrimonio familiar debe constituirse conforme a las reglas dadas, lo contrario significa que no tiene valor legal.
- ItemLa Declinación de competencia con relación a la Justicia indígena frente al procedimiento penal Ecuatoriano”(Universidad Estatal de Bolivar. Facultad de Jurisprudencia Ciencias Sociales y Politicas. Escuela de Derecho, 2012) Soria Soria, Polo ReneThis research work is based on a legal, critical study and doctrinaire on the decline jurisdiction in relation to justice Against indigenous Ecuadorian Criminal Procedure. From the legal perspective, to seek information through the use of scientific gathering techniques (bibliographic records and mnemonic), which They allowed the development of the theoretical part, contained in several chapters; and, by applying the technique of field (survey) was collected information legal professionals dedicated to practice in Canton San Miguel de Bolivar, who mostly hold that: "In the Today indigenous justice has its own jurisdiction, but need a method for determining specific competition from the indigenous ordinary justice ". Becoming indispensable that the National Assembly review legal regulations and material suits and formally decline competition under the Code of Judicial Function. Based on this theory, legal framework and review of information collected, a legal proposal to allow a possible reform takes shape Legal Code of Criminal Procedure, on the need to establish certain legal technical parameters for viable decline criminal jurisdiction of indigenous justice; so that academic contribution I intend to give this research is very useful and will benefit processed and judged by the indigenous justice and for thought for whom the pleasant task of administering justice. With this brief overview, I present my research, and put under the microscope healthy and constructive criticism of the reader
- ItemEl silencio administrativo, consecuencias jurídicas frente a su inobservancia procedimental en el Gobierno Autónomo Descentralizado del cantón Guaranda durante el periodo 2011(Universidad Estatal de Bolívar . Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Social y Pólíticas. Carrera de Derecho, 2012) Chela Punina, David Ermel; Ulloa Lara, German NapoleónSe denomina silencio administrativo al hecho de que cuando un ciudadano solicita algo a la Administración Pública (Estado, Ayuntamiento, Gobierno...) puede darse el caso de que ésta no responda. La Ley establece que en ciertos casos el silencio administrativo es positivo, lo que significaría que lo que se solicita es concedido. Sin embargo lo más corriente es que el silencio administrativo sea negativo, en cuyo caso el ciudadano sabe que, transcurrido el plazo legal, puede recurrir la referida negativa ante instancias superiores. El silencio administrativo es una de las formas posibles de terminación de los procedimientos administrativos. Lo característico del silencio es la inactividad de la Administración cuando es obligada a concluir el procedimiento administrativo de forma expresa y a notificar la resolución al interesado dentro de un plazo determinado. El silencio administrativo opera como un mecanismo que permite, en caso de inactividad por falta de resolución en procedimientos administrativos, imputar a la administración de que se trata un acto administrativo presunto, que tendrá la condición de verdadero acto, en caso de que las reglas del silencio lo configuren como estimatorio y que, por el contrario, será mera ficción jurídica, si se configura como desestimatorio. No están sujetos al régimen de silencio los procedimientos de mediación, arbitraje y conciliación, así como aquellos terminados por pacto o convenio. Esta técnica es correlativa, en los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, al deber de dictar resolución expresa en todos los procedimientos y a notificarla, que pesa sobre la administración pública y ha sido expuesto con anterioridad; deber que existe en todo procedimiento, cualquiera que sea su forma de iniciación
- Item“El principio de oportunidad y el derecho de las víctimas en los delitos de tránsito, en la ciudad de Guaranda durante el año 2011”(Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas, Carrera de Derecho, 2012) Ortiz Aucatoma, Vinicio Xavier; Noboa Larrea, Gonzalo EnriqueEl presente trabajo investigativo se basa en un estudio jurídico, crítico y doctrinario sobre el Principio de Oportunidad y el Derecho de las Víctimas en los Delitos de Tránsito, en la ciudad de Guaranda durante el año 2011. Teniendo como base las disposiciones constitucionales, que establecen: “La Fiscalía dirigirá, de oficio o a petición de parte, la investigación preprocesal y procesal penal, durante el proceso ejercerá la acción pública con sujeción a los principios de oportunidad y mínima intervención penal, con especial atención al interés público y a los derechos de las víctimas. De hallar mérito acusará a los presuntos infractores ante el Juez competente e impulsará la acusación en la sustanciación del juicio penal.”1 “Las víctimas de infracciones penales gozarán de protección especial se les garantizará su no revictimización, particularmente en la obtención y valoración de las pruebas y se las protegerá de cualquier amenaza u otras formas de intimidación. Se adoptarán mecanismos para una reparación integral que incluirá, sin dilaciones el conocimiento de la verdad de los hechos y la restitución, indemnización, rehabilitación, garantía de no repetición y satisfacción del derecho violado. Se establecerá un sistema de protección y asistencia a víctimas, testigos y participantes procesales”.2 Desde esta perspectiva jurídica recabe información mediante el uso de las técnicas de acopio científico (fichas bibliográficas y nemotécnicas), que permitió el desarrollo del contenido doctrinario y jurídico con respecto a los contenidos del CAPÍTULO I, que tratan sobre el principio de oportunidad, se establecen conceptos y los parámetros para aplicar dicho principio, sus características y por otro lado, desarrollo contenidos sobre la víctima, el ofendido, el agraviado, el denunciante, el acusador particular, que forma una sola unidad con respecto a los derechos de la víctima, su no revictimación, el derecho a la reparación integral, el derecho a conocer la verdad de los hechos, la restitución e indemnización, la rehabilitación, la garantía de no repetición y la satisfacción del derecho violado. En el CAPÍTULO II, hago un análisis jurídico sobre el ejercicio de la acción penal y la aplicación del principio de oportunidad, teniendo en cuenta los derechos de la víctima y la obligación a la reparación integral, basándome en las disposiciones legales previstas tanto en la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, como las contenidas en el Código de Procedimiento Penal, como norma supletoria en materia de tránsito y la jerarquía de la Norma Suprema frente a la vulneración de derechos. En el CAPÍTULO III, me refiero a la investigación de campo realizada en la ciudad de Guaranda, Provincia de Bolívar y los datos obtenidos mediante la aplicación de la técnica de campo (encuesta), recabo información de treinta personas que están dedicados a la administración de justicia y al libre ejercicio profesional, quienes en su mayoría sostienen que: “Es necesario que la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, establezca ciertas condiciones para la aplicación del principio de oportunidad que garantice una reparación integral a la víctima en los delitos de tránsito.” Datos que fueron tabulados y registrados en cuadros estadísticos que permiten establecer sus porcentajes y reflejarlos en gráficos, para su interpretación y análisis y realizo un estudio de dos casos registrados en el Juzgado de Tránsito de Bolívar en el año 2012, estableciendo las falencias legales que vulneran los derechos de la víctima o no garantizan la reparación integral de la víctima. De la investigación realizada se llega a la conclusión general que el Art. 173 de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, único artículo que trata sobre la aplicación del principio de oportunidad, no garantiza los derechos de la víctima, por lo que, recomendamos que hay una necesidad indispensable que la Asamblea Nacional revise y lo adecúe al material y formalmente a los derechos fundamentales de la víctima, que garantice la aplicación del Art. 78 de la citada Norma Suprema. Sobre la base de este marco teórico, jurídico y de opinión de la información recabada, se concreta una propuesta legal que consiste en el desarrollo de un proyecto de reforma legal al Art. 173 de la ya mencionada ley de tránsito, que permite mejorar la normativa jurídica que regula la aplicación del principio de oportunidad en los delitos de tránsito, estableciendo un procedimiento claro, adecuado y aplicable por la autoridad competente, que garantice el derecho de las víctimas a recibir una reparación integral, restitución e indemnización, rehabilitación y satisfacción del derecho violado, de modo que, el aporte académico que pretendo dar con esta investigación va en beneficio de las víctimas de accidentes de tránsito.
- ItemLa falta de tipificación penal del femicidio en el código penal ecuatoriano, durante el año 2011(Universidad Estatal de Bolívar.Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas, Carrera de Derecho, 2013) García Alarcón, Edgar Enrique; Bazante Escobar, Washington JavierEste Trabajo de Tesis tiene como objeto realizar un análisis jurídico de la problemática del Femicidio en el Ecuador con la finalidad de proponer la Tipificación Penal del Femicidio en el Código Penal para erradicar la Misoginia. El alarmante crecimiento de la muerte de mujeres por causa de su condición de género constituye la más grave violación a los derechos humanos de las mujeres, por ello como un aporte práctico me propuse llevar a cabo esta investigación que pretende sentar las bases de un Plan de Acción concertado, tendiente a prevenir y combatir el femicidio. La obligación de garantizar los derechos sin discriminación no puede ser una garantía estandarizada basada en un ciudadano modelo, sino que sobrelleva para el Estado la adopción de medidas positivas para garantizar los derechos a todos los grupos, teniendo en consideración la heterogeneidad de condiciones en que se encuentra la población de un país. La sola interpretación de la obligación del Estado de garantizar los derechos humanos sin discriminación a todas las personas es la que ha permitido fundamentar la constitucionalidad de estas normas especiales en los países en que ha sido cuestionada. Actualmente, en efecto, ya se cuenta con pronunciamientos de los tribunales constitucionales de Costa Rica y España, que avalan la existencia de normas que constituyen medidas penales específicas a favor de las mujeres en materia de violencia de género. El Trabajo de Tesis se divide en cuatro capítulos los mismos que se detallan a continuación: En el Capítulo I, se presenta: El Problema, Planteamiento, Formulación y Delimitación; los Objetivos: General y Específicos; y, Justificación.. Capítulo II, está conformado por el Marco Teórico, donde se desarrollan los Antecedentes Investigativos, Fundamentación Científica: Teoría Referencial, se aborda los estudios realizados en otros países sobre este tema; Legal, se determina la doctrina en que se sustenta este Trabajo de Tesis; Conceptual, donde se conceptualiza la terminología utilizada en el desarrollo de este trabajo, y la Teoría Científica, definiciones tomadas de varios autores, los mismos que aportan al desarrollo científico del presente trabajo; Hipótesis, Variables: Independiente y Dependiente. Capítulo III, en este capítulo desarrollé la Modalidad de Investigación, determinado por el Tipo de Investigación, Población y Muestra, Métodos, Técnicas e Instrumentos, Tabulación de las encuestas aplicadas a Jueces, Fiscales, Abogados en libre ejercicio y mujeres maltratadas,;y, la sustentación de la Hipótesis. Por último en el Capítulo IV, se planteó el Marco Propositivo: Titulo, Justificación, Desarrollo de la Propuesta, Aplicación, Validación de la Propuesta, Conclusiones y Recomendaciones.
- ItemLa práctica inadecuada del inventario al patrimonio cultural, en el cantón San Miguel de Bolívar vulnera derechos a la propiedad privada, durante el año 2012(Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudncia, Ciencias Sociales y Políticas, Carrera de Derecho, 2013) Gaibor Monar., Silvana Estefania; Naranjo, ÁngelHacer una revisión sobre lo que son y han sido los procesos de inventario para el conocimiento del patrimonio cultural de una nación es una tarea difícil por los aspectos que ella en si misma implica. No obstante, y en vista de las circunstancias, ha tocado analizar una serie de documentos resultados de la labor de registro del patrimonio cultural. Tarea ésta que ha permitido, entre otras cosas, establecer o más bien reconocer las diferentes formas de trabajo que pueden implementarse en distintas naciones que persiguen un mismo fin: conocer lo que se tiene. Actualmente, la mayoría de los países, ante la necesidad de conocer, valorar y conservar los restos del pasado que conforman el Patrimonio Cultural han establecido un sin fin de reglamentos, convenios y demás normativas que estimulan y, en muchos casos obligan, la realización de proyectos de inventario que vayan en pro del conocimiento del legado patrimonial con que cuenta cada localidad. En el Cantón San Miguel los casos de destrucción, falta de cuidado, mantenimiento y difusión no pueden dejarse de mencionar. ¿Cómo entender, por ejemplo, que por falta de conciencia patrimonial se destruyeron alguna vez, La antigua Planta de Agua, el Parque Centenario, que son bienes públicos destruidos por descuido de las autoridades competentes, no se diga las diferentes casas con más de 100 años de construcción de la zona urbana del Cantón, que sus propietarios motivados por mejorar su estilo de vida, higiene y salud, ya que sus propiedades no son en su mayoría aptos para habitar en dichos