JURISPRUDENCIA.
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Item El derecho al debido proceso relacionado con el principio de objetividad dentro de la causa judicial N°02281-2022-00325g, por el delito de daños materiales causados por accidente de tránsito en el cantón Guaranda- provincia Bolívar.(Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas. Carrera de Derecho. Abogada de los Tribunales de la República., 2025-09-30) Balseca Sánchez Jessyca Susana; Chávez Taco Marco VinicioEl presente análisis de caso permite resaltar como el principio de objetividad coadyuva a garantizar el derecho al debido proceso, en la sustentación de la causa judicial N° 02281-2022- 000325G, por el delito de daños materiales por accidente de tránsito, donde en primera instancia es revocada la petición de archivo, siendo asignada la investigación a otro agente fiscal, quien de forma objetiva, y garantizando el derecho al debido proceso a las partes, recopila elementos de convicción, que le permiten solicitar la formulación de cargos, posterior emitir un dictamen acusatorio, y finalmente en la audiencia de juzgamiento, una vez que se han practicado las pruebas, convence al juez de la presunta responsabilidad del procesado, siendo este sentenciado, disponiéndose la reparación integral a la víctima. La objetividad es uno de los principios procesales más importantes en la sustentación de una causa judicial, determinado en el art. 5 numeral 21 del Código Orgánico Integral Penal, el cual dispone que el fiscal adecue sus actos a criterios objetivos, respetando la ley y el derecho de las partes, no solo buscando agravar la pena si no también elementos que le eximan en su responsabilidad. En este contexto y en base a los elementos recopilados informes periciales, la fiscalía actuando objetivamente responsabilizo al procesado sobre su culpabilidad, permitiendo garantizar los derechos de la víctima, sin dejar de lado los derechos que le asiste al procesado, pues en todo momento procesal se garantizó el debido proceso.Item Análisis de la valoración judicial de la desmaterialización notarizada de mensajes de Whatsapp como medio probatorio de la obligación en un proceso monitoreo.(Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas. Carrera de Derecho. Abogado de los Tribunales de la República., 2025-08-27) Aguaguiña Llerena Luis Alexander; Karina Marianela Ruiz AbrilEl presente trabajo de investigación titulado "Análisis de la valoración judicial de la desmaterialización notarizada de mensajes de WhatsApp como medio probatorio de la obligación en un proceso monitorio" tiene como finalidad analizar la forma en que los juzgadores valoran la prueba basada en mensajes de WhatsApp que han sido desmaterializados y notarizados. En los últimos años, la creciente utilización de medios digitales como el WhatsApp en la comunicación entre las personas ha planteado nuevos escenarios en el ámbito del derecho procesal, especialmente en lo que se refiere a la admisibilidad y valoración de este tipo de pruebas dentro de un proceso judicial, con respecto a este fenómeno jurídico innovador; esta investigación se centra en los procesos monitorios, un procedimiento contemplado en el Código Orgánico General de Procesos vigente que regula la reclamación de obligaciones por esta vía, que permite al acreedor reclamar de manera rápida y eficaz el cumplimiento de una obligación líquida, vencida y exigible, con base en la existencia de un documento probatorio que acredite dicha obligación. En este contexto, este trabajo analiza cómo los mensajes de WhatsApp, tras ser desmaterializados y protocolizados ante notario, pueden constituir un medio probatorio válido para sustentar la existencia de la obligación reclamada en un proceso monitorio. El análisis se desarrolla en tres etapas: En primer lugar, se revisa el marco legal ecuatoriano que regula la utilización de los mensajes electrónicos y su conversión en documentos probatorios. La Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos (Ley N.º 67) establece los lineamientos para considerar la validez de mensajes electrónicos como prueba en los tribunales. Este marco legal sirve de base para determinar si la desmaterialización de mensajes de WhatsApp cumple con los requisitos de autenticidad y fiabilidad exigidos por la normativa ecuatoriana. En segundo lugar, la investigación estudia la práctica de la desmaterialización notarizada de mensajes de WhatsApp, la figura del notario tiene un rol fundamental en la formalización y certificación de documentos electrónicos; a través de la desmaterialización, los mensajes digitales se convierten en documentos certificados por el notario, otorgándoles valor legal para su presentación en un proceso judicial. En tercer lugar, se identifican las principales tendencias judiciales, observando en qué medida los tribunales han admitido esta prueba, cuáles son las objeciones comunes presentadas por las partes contrarias y cómo se resuelven estas controversias en el marco de la legalidad procesal y el debido proceso. Finalmente, la investigación también se enfoca en la validez de la desmaterialización notarizada de mensajes de WhatsApp y la forma como se da la valoración judicial de dicha prueba, especialmente en términos de garantizar su autenticidad e integridad. Este estudio contribuye al análisis de las nuevas herramientas probatorias en el derecho procesal ecuatoriano, abordando la interacción entre la tecnología y el derecho, y sugiriendo mejoras en la práctica judicial para adaptar los procesos a las realidades actuales de la comunicación digital. El tipo de investigación que se llevará a cabo es analítica y descriptiva, acudiendo a un método mixto que combina lo cualitativo con lo cuantitativo para obtener resultados más objetivos y concretos, así mismo se aplicara la revisión de la norma legal y de la doctrina como base fundamental de la investigación.Item Los estándares de convencionalidad de la prisión preventiva a través del debido proceso en Guaranda, provincia Bolívar, año 2023.(Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas. Carrera de Derecho. Abogado de los Tribunales de la República., 2025-05-07) Espín Pérez Rolan Danes; Chávez Taco Marco VinicioLa prisión preventiva tiene finalidades concretas respecto a su aplicación, su uso de manera desproporcional desnaturaliza su carácter de ultima ratio. La investigación se enfoca en los dictámenes que realizaron los jueces de garantías penales en el cantón Guaranda en el año 2023, así como el dictamen de los jueces provinciales de Bolívar, En virtud que no existe un estudio actual que demuestre la idoneidad, razonabilidad y proporcionalidad del dictamen de prisión preventiva, la investigación se lo realiza mediante una metodología cuantitativa y cualitativa, abordando fuentes esenciales del derecho como lo es la doctrina y la jurisprudencia de carácter vinculante que ha expedido la Corte Constitucional y la Corte Nacional de Justicia; en el mismo sentido, es relevante enfatizar que se tomó en consideración los criterios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en diferentes casos respecto a su pronunciamiento sobre la prisión preventiva. Dentro de los parámetros esenciales para dictar esta medida cautelar se incluye los arraigos, su análisis se engloba primordialmente en el pronunciamiento de la Corte Constitucional debido a que no lo contempla en otra norma legal, por lo cual es importante considerar el derecho a la igualdad, en razón que no todos los procesados pueden poseer los mismos arraigos. Como otro eje fundamental en profundizar al respecto de esta medida cautelar son los derechos limitados por la prisión preventiva, por lo que, se logró obtener resultados favorables en la investigación y acordes a los objetivos. Se pudo obtener una respuesta oportuna y sin dilataciones con respecto a la problemática planteada; sin embargo, no es menos importante señalar que se pone en consideración los estándares de la Corte Interamericana de Derechos Humanos extraídos de sus diversas sentencias, que por el control de convencionalidad pueden ser aplicables en nuestra legislación; finalmente, se concluye analizando la leve motivación que realizan los jueces del cantón Guaranda respecto al dictamen de prisión preventiva, evidenciando poca profundización respecto a los estándares de convencionalidad, identificando una motivación que no cumple con el criterio vinculante de motivación reforzada conforme lo determina la Corte Constitucional.Item El procedimiento abreviado frente a los principios constitucionales del procesado.(Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas. Carrera de Derecho. Abogada de los Tribunales de la República., 2024-01) Sánchez Naranjo, Cristina Estefanía; Naranjo Estrada, Ángel TeodoroEl presente estudio analiza el procedimiento abreviado frente a los principios constitucionales, este posee reglas específicas determinadas en artículo 635, del Código Orgánico Integral Penal, exige que la persona procesada admita y reconozca que es culpable del delito acusado en su contra para así obtener una rebaja en la pena privativa de libertad; es decir, que tiene que au-toincriminarse, contraviniendo los principios constitucionales como la prohibición de autoincriminación, inocencia e igualdad, los cuales se encuentran reconocidos en la Constitución de la República del Ecuador y el COIP. El abuso de este procedimiento por parte de Fiscalía, puede repercutir en el estatus jurídico del inculpado, ocasionando que una persona inocente termine aceptando ser sentenciado como responsable del hecho delictivo dentro de este procedimiento, producto de la desconfianza de que en un juicio ordinario se aplique la sanción máxima, resultando desfavorecido ante el malicioso actuar de la administración de justicia. La investigación se desarrolló bajo el método cuantitativo y cualitativo, los cuales permitieron la recolección de datos de carácter científico, al igual que la interpretación de los resultados obtenidos respecto al procedimiento abreviado y los principios constitucionales que le asisten al procesado, además se aplicó el método jurídico, documental que permitieron sustentar marco teórico; el tipo de investigación aplicado fue la descriptiva, doctrinaria e histórica; como técnica de investigación se utilizó encuesta dirigida a los Abogados penalistas en libre ejercicio, y la encuesta a Jueces de la Unidad Judicial Penal del Cantón Guaranda.Item Análisis de la Causa 02335-2020-00069, por el delito de tentativa de robo en la Unidad Judicial Multicompetente con sede en el cantón Chillanes, provincia Bolívar, relacionado a la vulneración del derecho al debido proceso.(Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas. Carrera de Derecho. Abogada de los Tribunales de la República., 2022) Taipe Veloz, Carolina Lourdes; Almeida Vaca, María LorenaEl análisis del presente caso penal trata por el delito de Tentativa de Robo que se encuentra tipificado en el Código Orgánico Integral Penal Art 189, inc.2, en concordancia con el art 39, por lo cual se determina la actuación del administrador de justicia y si la resolución fue motivada en base a derecho; así también la actuación de fiscalía de forma parcializada al momento de la investigación, por ello se vulnera la seguridad jurídica y el debido proceso que se encuentra establecido taxativamente en la Norma Supra. El sistema judicial debe de garantizar, respetar, cumplir y hacer cumplir las Leyes que ya están establecidas como las normas, principios y derechos fundamentales que todas las personas poseemos, respetando el derecho positivo. Por ello, en el presente caso se observa como no se aplicó correctamente las garantías básicas que se adopta en un proceso penal como la motivación, la defensa, y la tutela judicial efectiva, además los principios como la objetividad, la presunción de inocencia y el principio de in dubio pro reo y producto de una incorrecta administración de justicia el procesado recurrió al recurso de apelación. En base al reglamento de titulación 2015 referente al estudio o análisis de casos se abordará temas como: En el primer capítulo (1), se establecerá la presentación del caso y los objetivos general y específicos. En el Capítulo segundo (2), se realizará la contextualización del caso del cual consta como los antecedentes del caso, la fundamentación teórica del mismo y por consiguiente las respectivas preguntas de investigación, información que se obtendrá en base a la doctrina y al propio caso penal estudiado. Capítulo tercero (3), se abordará una descripción de todo el proceso con sus puntos más importantes, es decir las diligencias realizadas por los sujetos procesales y de igual forma la respuesta a las preguntas de investigación previamente establecidas. En el capítulo cuarto (4), se elabora los resultados en base al análisis o estudio de caso, como las falencias etc. Y por último las conclusiones que son importantes y determinadas previo al estudio y revisión del caso manifestado.Item Análisis de la Causa N°02202-2022-00053, con respecto de la desnaturalización de la acción de protección, por parte de la juzgadora, vulnera el derecho constitucional al trabajo y a la seguridad jurídica, en el cantón Guaranda, provincia Bolívar.(Universidad Estatal de Bolívar.Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas, Carrera de Derecho., 2022) Samaniego Quiguiri, Delia Paulina; Bonilla Alarcón, Luis AlfonsoLa Constitución ecuatoriana enviste de facultad al Juez para reintegrar de inmediato la situación jurídica quebrantada, con miras de proveer un recurso oportuno cuyos efectos sean inmediatos, es así que en el caso bajo análisis, en primera instancia fue rechazada la acción de protección, sin embargo, la Sala Multicompetente de la Corte Provincial de Bolívar, acepta la acción presentada por el accionante y de esta forma se repara sus derechos específicamente el derecho al trabajo, garantizando la seguridad jurídica. Es por ello que dentro de este trabajo de titulación, se explicara los principales efectos jurídicos de la acción de protección, y como esta permite garantizar los derechos Laborales del accionante. A través del análisis jurídico dogmático, se pudo establecer las falencias en el Sistema de Justicia, partiendo del estudio critico analítico, aplicando el método deductivo inductivo. Pudiendo determinar que él se el criterio de la juzgadora de primer nivel, desnaturaliza la acción de protección, pues no cumplió con su rol de garantista de derechos, a pesar de que el accionante justificó la vulneración del derecho al trabajo, a la seguridad jurídica y al debido proceso en la garantía de la motivación. Se concluye que la sentencia de la juzgadora de primer nivel vulnera los derechos del accionante, por la incorrecta aplicación de la norma jurídica.Item Estudio de Caso N°17283-2019-00034, por la vulneración del derecho al debido proceso y la seguridad jurídica, por parte del Tribunal de Garantías Penales con sede en la parroquia Quitumbe del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha.(Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas. Carrera de Derecho. Abogado de los Tribunales de la República., 2022) Lizano Toapanta, Cinthya María; Naranjo Estrada, Ángel TeodoroEl estudio de caso N°17283-2019-00034, por delito de incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente, se tuvo conocimiento luego de un debido proceso en audiencia de juicio ya que el Tribunal de Garantías Penales con sede en la parroquia Quitumbe del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha. Lugar donde se determinó la falta de observación a la aplicación de las garantías básicas del debido proceso articulo 76 numeral 7 literal l y el derecho a la seguridad jurídica en la resolución judicial; ya que dentro de la audiencia de juzgamiento se le declaró culpable del delito de incumplimiento de decisiones legitimas de autoridad competente articulo 282 imponiéndole así un año de pena privativa de libertad y la multa 4 salarios básicos unificados, luego de escuchar la sentencia la defensa técnica del sentenciado solicita que se realice una audiencia de suspensión condicional de la pena, en la audiencia de suspensión condicional de la pena que se realizó dentro de las 24 horas siguientes el tribunal emitió su decisión sobre la suspensión expresando dos votos en contra manifestando que no están de acuerdo ya que el incumplimiento de decisiones legitimas de autoridad competente proviene de una boleta de auxilio por violencia psicológica contra la mujer y miembros del núcleo familiar y que por ello no cumple con los requisitos establecidos en el artículo 630 del COIP y uno a favor de la suspensión condicional de la pena esta Jueza que estaba a favor manifestó que el sentenciado está en lo correcto y que si cumple con los requisitos del 630 del COIP; pero, al momento de notificar a las partes la sentencia debidamente motivada, lo realizaron en dos tiempos diferentes; es decir los votos de los jueces reposa en otra notificación, media hora después, tomando en cuenta que a la hora de interponer un recurso de la negativa de la suspensión condicional de la pena, el abogado defensor del sentenciado no puede apelar, por 9 ello apelo a la sentencia condenatoria, porque la suspensión no reposa en sentencia y la normativa explica claramente que los recursos se interponen en las resoluciones o sentencias. El debido proceso artículo 76 numeral 7 literal l y la falta al derecho de la seguridad jurídica, surge porque se omitió un requisito importante del Artículo 622, Numeral 10 del Código Orgánico Integral Penal donde se estipula, “la suspensión condicional de la pena y el señalamiento del plazo dentro del cual se pagará la multa, cuando corresponda”. (Código Orgánico Integral Penal., 2021). El incumplimiento de decisiones legítimas se origina por un acto de desobediencia, el mismo que recae sobre el procesado como un hecho punible, no obstante, en la Audiencia Oral de Suspensión Condicional de la Pena, lugar donde se resuelve la petición que fue solicitada por el sentenciado, es resuelta con una negativa por el Tribunal A quo en voto de mayoría de los jueces, Fausto Lana y Juan Tenesaca, con la salvedad del voto, concediendo la suspensión condicional de la pena la Doctora Miriam Escobar. Como resultado de esta Audiencia se procede apelar, otorgando nulidad de la sentencia. Además, al momento de notificar la sentencia por escrito, la suspensión condicional de la pena no formo parte de la misma. Obteniendo como consecuencia jurídica el limitante de la interposición de un recurso de apelación de la resolución lugar donde se niega la suspensión condicional de la pena, es decir se plantea un estudio donde se vulneró las garantías básicas del debido proceso, determinado en la Constitución de la República del Ecuador Artículo 76, numeral 7, Literal l, que determina la motivación de las resoluciones, además el Artículo 82 de la misma norma que establece la Seguridad Jurídica, dentro de la misma se encuentra el Derecho a la defensa, por cuanto en la sentencia no se estableció la suspensión condicional de la pena y para interponer un recurso se necesita interponer de debida forma en contra de la sentencia.Item El debido proceso y sus garantías constitucionales aplicadas al procesado en la decisión judicial, dentro de la Causa No. 02253-2015- 00023 por el delito de asesinato en el Tribunal de Garantías Penales de Bolívar.(Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas, Carrera de Derecho. Abogado de los Tribunales de la República., 2021) Rea Estrella, Carla Isabel; Paguay Ocampo, Marco PatricioEl siguiente trabajo de investigación titulado: EL DEBIDO PROCESO Y SUS GARANTÍAS CONSTITUCIONALES APLICADAS AL PROCESADO EN LA DECISIÓN JUDICIAL, DENTRO DE LA CAUSA N° 02253-2015-00023 POR EL DELITO DE ASESINATO EN EL TRIBUNAL DE GARANTÍAS PENALES DE BOLÍVAR, tiene como objetivo: analizar el debido proceso y sus garantías constitucionales aplicadas al procesado en la decisión judicial en causa objeto de estudio. Asimismo, identificar el fenómeno jurídico transgresor e investigar sobre la aplicación de las garantías del debido proceso en el presente proceso judicial. Para así establecer la importancia de las actuaciones judiciales del juzgador respecto a la correcta aplicación del derecho al debido proceso y sus garantías. En cuanto a la metodología esta investigación se realizó en base a la dogmática analítico basado en una investigación teórica, en la que se realizo una lectura y análisis del expediente penal conformado por seis cuerpos, enfocándome en las decisiones judiciales emitidas por el juzgador en las diferentes etapas procesales. Como resultado de la investigación se evidencia la falta de preparación jurídica por parte de los juzgadores que desde un inicio aplicaron de forma correcta la medida cautelar, de igual forma no realizan una valoración adecuada en cuanto a la prueba que demuestre la responsabilidad del procesado, por lo expuesto estos son los fenómenos transgresores de la causa en estudio. En conclusión, nuestro sistema judicial todavía tiene falencias por esta razón la responsabilidad de los juzgadores y servidores judiciales es la constante preparación y formación en cuanto a su conocimiento, en virtud que el Derecho es amplio y cambiante según la necesidad de la sociedad.Item Análisis de la causa N° 02332-2018-00324 sobre la violación al debido proceso y el irrespeto a la seguridad jurídica consagrados en la constitución de la república(Universidad Estatal de Bolívar.Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas, Carrera de Derecho, 2021) Espinoza Lara, Mercedes Isela; Veloz, JavierEl Sr. Cristopher Alexander Cárdenas Pucha se encuentra pasando la pensión alimenticia a la Sra. Flor María Yépez Cajo, por haber procreado una hija con la antes mencionada, que es menor de edad y que además sufre de parálisis cerebral desde su nacimiento; pero a raíz de la pandemia pierde el trabajo fijo y pasa a ser jornalero, donde hay días en los que tiene trabajo y otros no; además de ello tiene una nueva carga familiar; razón por la cual plantea una rebaja de pensión alimenticia dado que cambiaron sus circunstancias de vida y no puede continuar cancelando las pensiones asignadas con anterioridad. La petición de rebaja de pensión alimenticia genera la causa Nº 02332-2018-00324, dentro del proceso Civil, siendo la materia: familia, niñez y adolescencia, proceso SUMARIO y la acción o delito corresponde a rebaja de pensión alimenticia que se la tramita en la Unidad Judicial Multicompetente de San Miguel de Bolívar; donde se sigue el proceso que desemboca en una Audiencia Única, en la que se trata de resolver el conflicto; misma que se da el 9 de marzo de 2020, lográndose la correspondiente conciliación, razón por la cual la Jueza de la Unidad resuelve favorablemente la rebaja de pensión alimenticia a ochenta dólares americanos que se pagarán a partir de la fecha de la resolución. Esta resolución no fue comunicada por escrito a las partes, y como la pandemia obligó el cierre de instituciones de todo tipo por orden del gobierno, se remota el trabajo en la Unidad Judicial Multicompetente en el mes de junio y el día 8 de este mes, la Jueza dispone se notifique a las partes procesales, de que se tomó la decisión de rebajar la pensión alimenticia a ochenta dólares americanos y que entrará en vigencia a partir de esta fecha, en la que se notifica a cada una de las partes procesales. Cuando el demandante a través de su abogado solicita una aclaración de fechas, para saber en definitiva desde cuándo debe pagar la pensión alimenticia con la respectiva rebaja, esta petición es denegada por considerarla improcedente por parte de la Jueza de la Unidad Judicial. Lo que motiva la investigación, por considerar que este cambio en las fechas, afecta al demandante, ya que no se cumple con el debido proceso; cuando se debió notificar a las partes en las veinticuatro horas después de tomada la primera resolución. Ya que asi lo estipula el COGEP.en el Art. 79 inciso 7Item Análisis del caso signado con el no. 02332 – 2020 – 00354, dentro del procedimiento expedito de contravención de transito sobre la vulneración del derecho a la legítima defensa como garantía básica del debido proceso tramitada en la ciudad de San Miguel Provincia Bolívar(Universidad Estatal de Bolívar.Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas, Carrera de Derecho, 2021) Gaibor Naranjo, Klever David; Ángel, Naranjo EstradaEn el presente análisis de caso abordo el tema sobre la vulneración del derecho a la legítima defensa como garantía básica del debido proceso, dentro de un procedimiento expedito de contravención de tránsito. La problemática radica debido a que algunos administradores de justicia han actuado de manera errónea sobre la aplicación de la normativa vigente establecido por el Estado, principalmente sobre el derecho a la defensa, enmarcada dentro del derecho constitucional del debido proceso como lo determina el Articulo 76, en donde manifiesta “que en todo proceso en el que se determine derechos y obligaciones de cualquier orden, se asegurara el derecho al debido proceso (…)”1. De la misma manera se ve afectados derechos fundamentales como: los derechos de protección, derechos a la seguridad jurídica, derecho a la tutela judicial efectiva, entre otro. El objetivo principal de este trabajo es analizar el proceso número 02332-2020-00354, en donde se verifica la vulneración del derecho a la legítima defensa dentro de un procedimiento expedito de contravención de tránsito, verificando si la actuación realizada por parte de los agentes de la Policía Nacional cumple con lo que establece el Artículo 645 del COIP, es decir, si el presunto contraventor ha sido presentado ante el juez de turno para el desarrollo de la audiencia y determinar la situación jurídica del sujeto. Durante el desarrollo de la audiencia la administradora de justicia niega de manera rotunda la petición realizada por el infractor, que fue de ser escuchado su testimonio libre y voluntario como mecanismo de defensa, siendo este un principio básico del debido proceso. Y la problemática de análisis de estudio de este caso. Para el trabajo de análisis de la presente causa se planteó, una metodología con enfoque Hipotético deductivo, inductivo, jurídico, científico, hermenéutico jurídico, con las que se podrá llegar a una conclusión clara del problema que se ha generado en esta causa. El desarrollo de la metodología teórica se basará en la revisión de libros doctrinarios, explicativos y prácticos para la aplicación de un lenguaje técnico jurídico. De acuerdo con del desarrollo y resultados del trabajo investigativo de análisis de caso se ha podido concluir, que efectivamente, existo la vulneración del derecho a la legitima defensa al contraventor, dejando como consecuencia personal: la privación de libertad de 30 días, la multa de tres salarios básicos del trabajador en general y la suspensión de la licencia de conducir por 60 días. No obstante, durante el desarrollo del análisis de caso se puede ver con claridad que, con la solo omisión de una garantía básica, transgrede derechos fundamentales, que consecuentemente ponen en desequilibrio el ordenamiento jurídico de todos los administrados.
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