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Título : Vulneración del derecho a la libertad del servidor policial en el cumplimiento del deber legal de protección de un derecho propio o ajeno, relacionado con la ausencia de infracción penal por causa de exclusión de la antijuridicidad.
Autor : Chávez Taco, Marco Vinicio
Llumiguano Mullo, Jessenia Alexandra
Palabras clave : VULNERACIÓN DEL DERECHO
LIBERTAD
SERVIDOR POLICIAL
PROTECCIÓN
INFRACCIÓN PENAL
EXCLUSIÓN
ANTIJURIDICIDAD
Fecha de publicación : 2022
Editorial : Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas. Carrera de Derecho. Abogada de los Tribunales de la República.
Citación : Llumiguano Mullo, Jessenia Alexandra. (2022). Vulneración del derecho a la libertad del servidor policial en el cumplimiento del deber legal de protección de un derecho propio o ajeno, relacionado con la ausencia de infracción penal por causa de exclusión de la antijuridicidad. Trabajo de investigación previo a la obtención del título de Abogada de los Tribunales de la República. Guaranda: UEB. 129 p.
Citación : FJCS.DE;607
Resumen : La criminalidad desbordada en la sociedad ecuatoriana en los últimos años, ha aumentado los niveles de violencia, pues el tema de inseguridad ciudadana respecto a la no protección de bienes jurídicos individuales se torna en un problema de proporciones sistemáticas que el estado ecuatoriano en la actualidad atraviesa. Estos altos niveles de criminalidad permiten que la sociedad ecuatoriana viva en un estado emocional alterado y psicológicamente devengue en miedos lamentablemente justificados. En consecuencia, nace una pregunta respecto a ¿qué acciones se adopta por parte del estado ecuatoriano para evitar la violación de derechos fundamentales de sus ciudadanos? Según el “Plan Nacional de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social Pacífica para la República del Ecuador”. (2019/2030), “Ecuador ha disminuido de forma considerable los niveles de delincuencia en los últimos años, aspecto reflejado en indicadores como el de homicidios intencionales, situándose, en el año 2017, como el segundo país con la menor tasa de homicidios de América Latina”, y respecto a las acciones adoptadas menciona “la violencia estructural y cultural, y las nuevas amenazas a la seguridad humana constituyen desafíos potentes e impostergables que justifican la creación de una política integral a la que en adelante llamaremos Plan Nacional de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social Pacífica (PSCCP), un instrumento que busca fortalecer el tejido social y convocar y cohesionar los esfuerzos articulados de todos los actores y actrices estatales y no estatales para consolidar de forma sostenible una sociedad segura y pacífica.”. Se evidencia que uno de los objetivos principales en este plan, es la protección de los derechos humanos de las personas. “Los derechos humanos y las libertades fundamentales son patrimonio innato de todos los seres humanos; su promoción y protección es responsabilidad primordial de los gobiernos”. Este concepto está estipulado en la Declaración de Viena y su Programa de Acción, referido al reconocimiento de que toda persona humana, por el hecho de serlo, es portadora de atributos autónomos que deben ser reconocidos y protegidos por el Estado porque son inherentes al ser humano. La actual Constitución reconoce que el Ecuador es un estado constitucional de derechos y justicia, esta concepción se construye sobre un estado donde prima el neoconstitucionalismo, este sistema constitucional requiere para el respeto de los derechos fundamentales la existencia de principios antes de normas de derecho positivo, principios como los de ponderación y de proporcionalidad para decidirse frente a un conflicto de derechos, esta norma suprema además menciona en su art. 11 numeral 3 la aplicación directa e inmediata por ante y ante cualquier servidora o servidor público, administrativo o judicial de oficio o a petición de parte de los derechos y garantías establecidos en la Constitución. Para la protección de estos derechos por conductas que lesionan bienes jurídicos se menciona el tema de la “seguridad ciudadana” como responsabilidad exclusiva y excluyente de la Policía Nacional, al manifestar en el artículo 163, su misión es atender la seguridad ciudadana y el orden público, y proteger el libre ejercicio de los derechos y la seguridad de las personas dentro del territorio nacional. Esta responsabilidad está apoyada al momento de proteger derechos humanos de las personas, además desde el ámbito penal. El Derecho Penal Ecuatoriano, respecto a los bienes de protección por parte de los miembros de la Policía del Ecuador, establece en el Código Orgánico Integral Penal, varios tipos penales en el cual se ve inmersos bienes jurídicos sujetos a protección policial, como por ejemplo delitos contra la humanidad, contra los derechos de libertad, contra el derecho a la propiedad, contra el ambiente y la naturaleza o Pachamama, contra la responsabilidad ciudadana, económicos, etc. Siendo estos los derechos a proteger ante las conductas penalmente relevantes. Nuestra ley penal establece dogmáticamente desde el 2014 año de vigencia, elementos de la conducta punible típica, antijurídica y culpable, con sus causas de exclusión. Es entendido que el Código Orgánico Integral Penal, respecto del estudio dogmático viene adecuándose a la corriente finalista de la conducta, mediante varias reformas a este instrumento penal, siendo la última relacionada con el estudio del injusto penal (antijuridicidad), así, el 24 de diciembre del 2019, mediante la ley Orgánica Reformatoria al Código Orgánico Integral Penal (RO-S 107: 24-dic-2019), en el Art. 9, establece que se agregue como causa de exclusión de la antijuridicidad el Cumplimiento del deber legal de la o el servidor de la Policía Nacional y de seguridad penitenciaria, por lo tanto y sobre la base del garantismo constitucional y la mínima aplicación del derecho penal, relacionados con esta causa de exclusión del antijuridicidad del servidor policial en cuanto al deber legal de protección, se pretende legitimar su actuación al momento de aplicar su misión constitucional de protección ya sea de un derecho propio o ajeno y que cause lesión, daño o muerte a otra persona, siempre y cuando se cumpla los requisitos. En consecuencia, se busca garantizar que las conductas típicas realizadas en el cumplimiento de un deber o deber legal, estas no sean contrarias a derecho y por lo tanto no exista infracción penal. Ahora bien, la mala interpretación de los requisitos tanto del órgano investigador y mala aplicación de los requisitos por parte del órgano jurisdiccional o porque no se valora objetivamente los límites de apreciación de la misma, lleva restringir el derecho a la libertad del servidor policial, ya sea por una medida cautelar prisión preventiva o en el peor de los casos sentencia condenatoria. Siendo esta última la necesidad objetiva de la investigadora y la viabilidad del presente proyecto de investigación.
URI : https://dspace.ueb.edu.ec/handle/123456789/4652
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