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Título : El principio de inmediación dentro del procedimiento para el ejercicio privado de la acción penal y su incidencia en el juzgamiento en ausencia del querellado.
Autor : Cabezas Páez, Kevin Joel
Correa Serrano, Mercedes Elizabeth
Palabras clave : NMEDIACIÓN
EJERCICIO PRIVADO
ACCIÓN PENAL
AUSENCIA DEL QUERELLADO
Fecha de publicación : 2022
Editorial : Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas. Magister en Derecho con Mención en Litigación Penal.
Citación : Correa Serrano, Mercedes Elizabeth. (2022). El principio de inmediación dentro del procedimiento para el ejercicio privado de la acción penal y su incidencia en el juzgamiento en ausencia del querellado. Trabajo de investigación previo a la obtención del título de Magister en Derecho con Mención en Litigación Penal. Guaranda: UEB. 69 p.
Citación : FJCS.MDMLP;0031
Resumen : El surgimiento del sistema oral ecuatoriano fue un mandamiento de la Constitución Política del Ecuador de 1998 y de la Constitución de la República del Ecuador del 2008. En el sistema procesal penal la oralidad entra en vigor en el año 2001, la misma que se basa principalmente en los principios dispositivo, de inmediación, de contradicción, de concentración, de celeridad y de publicidad. Uno de los principios más sobresalientes dentro del sistema procesal penal es el principio de inmediación, el mismo que se encuentra plasmado en nuestra normativa vigente, en el artículo 75 de la Constitución de la República del Ecuador, en el artículo 5 numeral 17 del Código Orgánico Integral Penal y en los artículos 18 y 19 del Código Orgánico de la Función Judicial. Este principio representa la relación directa que existe entre los sujetos procesales y el juez, de esta manera el magistrado tiene contacto directo con las partes, pudiendo apreciar así las pruebas que se le presenten para posteriormente realizar la respectiva valoración. En la Constitución de la República del Ecuador 2008, el principio de inmediación se considera de gran importancia dentro de los procesos judiciales. Este principio se encuentra directamente articulado al principio de oralidad, ya que a través del cual se facilita la relación de las partes procesales con el juez. En el desarrollo de una audiencia el juez escucha a todas las partes procesales en igualdad de condiciones, lo que permite palpar la realidad de los hechos que va a ser juzgados, sin la interposición de elementos ajenos que incida en la decisión del juez. A través de la aplicación del método cualitativo y cuantitativo se ha desarrollado la presente investigación aplicada. Se ha construido conocimientos de doctrinas, de normativas, entre otros medios de interés, tomando en consideración que la importancia del presente trabajo investigativo radica en determinar la posible vulneración del principio de inmediación, dentro de las audiencias de juzgamiento en ausencia del querellado en los procedimientos para el ejercicio privado de la acción penal.
Descripción : The emergence of the Ecuadorian oral system was a commandment of the Political Constitution of Ecuador of 1998 and of the Constitution of the Republic of Ecuador of 2008. In the criminal procedural system, orality enters into force in 2001, which is mainly based on in the dispositive, immediacy, contradiction, concentration, speed and publicity principles. One of the most outstanding principles within the criminal procedure system is the principle of immediacy, the same that is reflected in our current regulations, in article 75 of the Constitution of the Republic of Ecuador, in article 5 numeral 17 of the Organic Code Comprehensive Criminal Law and in articles 18 and 19 of the Organic Code of the Judicial Function. This principle represents the direct relationship that exists between the procedural subjects and the judge, in this way the magistrate has direct contact with the parties, thus being able to appreciate the evidence that is presented to later make the respective assessment. In the Constitution of the Republic of Ecuador 2008, the principle of immediacy is considered of great importance within judicial processes. This principle is directly articulated to the principle of orality, since through which the relationship of the procedural parties with the judge is facilitated. In the development of a hearing, the judge listens to all the procedural parties on equal terms, which allows the reality of the facts to be judged to be palpated, without the interposition of external elements that affect the judge's decision. Through the application of the qualitative and quantitative method, this applied research has been developed. Knowledge of doctrines, regulations, among other means of interest, has been built, taking into consideration that the importance of this investigative work lies in determining the possible violation of the principle of immediacy, within the trial hearings in the absence of the defendant in the proceedings. for the private exercise of criminal action
URI : https://dspace.ueb.edu.ec/handle/123456789/4631
Aparece en las colecciones: Maestría en Derecho con Mención en Litigación Penal

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