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Título : Obligaciones patronales del Municipio de Pastaza y los derechos laborales de las personas con discapacidad en el periodo de enero a junio de 2021.
Autor : Gaibor Becerra, Angélica María
Vinocunga Pillajo, José Luis
Palabras clave : OBLIGACIONES PATRONALES
MUNICIPIO DE PASTAZA
DERECHOS LABORALES
PERSONAS
DISCAPACIDAD
Fecha de publicación : 2022
Editorial : Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas. Carrera de Derecho. Abogado de los Tribunales de la República
Citación : Vinocunga Pillajo, José Luis. (2022). Obligaciones patronales del Municipio de Pastaza y los derechos laborales de las personas con discapacidad en el periodo de enero a junio de 2021. Trabajo de investigación previo a la obtención del título de Abogado de los Tribunales de la República. Guaranda: UEB. 87 p.
Citación : FJCS.DE;493
Resumen : La investigación sobre las obligaciones patronales del Municipio del Cantón Pastaza y los derechos laborales de las personas con discapacidad, es importante conocerlas puesto que, con la vigencia de la Constitución del 2008, así como también las demás normas de carácter nacional hasta las locales, han tenido la finalidad de precautelar los derechos laborales de las personas con discapacidad, ya que ellos necesitan un cuidado especial por parte del Estado ecuatoriano, es así que nuestra Norma Suprema en su artículo 33 señala que: El trabajo es un derecho y un deber social, y un derecho económico, fuente de realización personal y base de la economía. El Estado garantizará a las personas trabajadoras el pleno respeto a su dignidad, una vida decorosa, remuneraciones y retribuciones justas y el desempeño de un trabajo saludable y libremente escogido o aceptado (Constitución de la República del Ecuador, 2021, p.19). De la misma forma el artículo 325 determina que el Estado garantizará el derecho al trabajo sin discriminación, y la relación laboral entre personas trabajadoras y empleadoras será bilateral y directa, probiendose toda forma de precarización y tercerización, de no acatarse lo dispuesto, tendrá sanciones según corresponda (Constitución de la República del Ecuador, 2021), de esta manera se busca evitar cualquier vulneracion a los derechos laborales de los trabajadores, entre ellas los trabajadores con discapacidad. En el Municipio del Cantón Pastaza se identificaron ciertas necesidades de los trabajadores con discapacidad, por ende, vulneraciones en cuanto a los derechos laborales que les pertenecen, entre una de ellas es, el fácil acceso y movilidad en la institución para realizar las actividades laborales, con respecto a esto, la Ley Orgánica de Servicio Público en las Disposiciones Generales establece que, “las instituciones del sector público están obligadas a implementar dentro de sus instalaciones, la infraestructura física necesaria que permita el fácil XI acceso y movilidad de las personas con discapacidades, así como a priorizar su atención” (Ley Orgánica de Servicio Público, 2020, p.66). De esta manera se evidencia que existe claramente una omisión en cuanto a lo que establece la ley. La elaboración de este proyecto de investigación se sustenta en los problemas que surgen a partir del incumplimiento de las obligaciones patronales del Municipio del Cantón Pastaza, afectando los derechos laborales de las personas con discapacidad, debido a que esta institución pública tiene el deber de contratar personas con discapacidad, como lo establece el artículo 64 de la LOSEP que estipula: Las instituciones públicas que cuenten con más de veinte y cinco servidoras o servidores en total, están en la obligación de contratar o nombrar personas con discapacidad o con enfermedades catastróficas, promoviendo acciones afirmativas para ello, de manera progresiva y hasta un 4% del total de servidores o servidoras, bajo el principio de no discriminación (Ley Orgánica de Servicio Público, 2020, p.44). Por lo que, para evitar la discriminación a este grupo vulnerable esta normativa obliga a las instituciones del sector público a contratar personas con discapacidad, en concordancia con lo que establece nuestra Carta Magna en su artículo 3 numeral 1, en cuanto a la no discriminación de las personas con algún tipo de discapacidad. Palabras claves: Personas con discapacidad, derechos, empleador, instituciones públicas, derechos, garantías, trabajador, municipio, obligaciones patronales, derechos laborales, contrato de trabajo
URI : https://dspace.ueb.edu.ec/handle/123456789/4327
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