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Título : Análisis de la Causa No. 02303-2009-0395, acción de protección y el retardo injustificado para emitir la resolución en la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Guaranda, 2009 -2021.
Autor : Veloz Segura, Javier Alonso
Lombeida Miño, Mónica Fernanda
Palabras clave : CAUSA No. 02303-2009-0395
ACCIÓN DE PROTECCIÓN
RETARDO INJUSTIFICADO
RESOLUCIÓN
MOTIVACIÓN
SENTENCIA
UNIDAD JUDICIAL CIVIL
CANTÓN GUARANDA,
Fecha de publicación : 2022
Editorial : Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas. Carrera de Derecho. Abogado de los Tribunales de la República.
Citación : Lombeida Miño, Mónica Fernanda. (2021). Análisis de la Causa No. 02303-2009-0395, acción de protección y el retardo injustificado para emitir la resolución en la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Guaranda, 2009 -2021. Trabajo de investigación previo a la obtención del título de Abogada de los Tribunales de la República. Guaranda: UEB. 45 p.
Citación : FJCS.DE;465
Resumen : El presente proyecto de titulación realiza un análisis de estudio de caso No. 02303- 2009-0395, Acción de Protección tramitado y juzgado en la Unidad Judicial de lo Civil con sede en el cantón Guaranda, por la vulneración de derechos constitucionales (principio de igualdad, no discriminación, igual trabajo igual remuneración, mismo trato), con el objeto de confrontar los resultados investigados de manera teórica sobre el retardo injustificado para resolver de manera escrita y motivada conforme lo dispone el Art. 15 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional; con los resultados de la investigación de campo, esto es, sí dentro de la mencionada causa constitucional se vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva y las garantías mínimas del debido proceso. En efecto, para demostrar la vulneración de derechos fundamentales reconocidos en el texto constitucional, se realizó un análisis del estudio de la causa antes mencionada por el retardo injustificado en que incurrió la señora jueza al no resolver dentro de un plazo razonable; máxime que el accionante, a pesar de haber comparecido a la instalación de la audiencia, haber expuestos sus fundamentos de hecho y de derecho, haber practicado prueba a su favor y solicitado la rebeldía de la parte accionada por su no comparecencia, la señora jueza emite una decisión oral en la reinstalación de la audiencia considerando el desistimiento tácito por la no comparecencia del afectado; inobservando los requisitos necesarios e indispensables para emitir dicho fallo, sin que se haya notificado por escrito dentro del término señalado en la ley, dejando en indefensión a la parte accionante y no recibir una decisión sobre el fondo del asunto (vulneración de derechos constitucionales); además, se evidencia que dicha actuación judicial vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva y el debido proceso en la garantía básica de la motivación.
URI : https://dspace.ueb.edu.ec/handle/123456789/4129
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