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Título : La reparación integral a la víctima criterios de determinación, en los delitos culposos de tránsito.
Autor : González Alberteris, Ana Didian
Montesdeoca Martínez, Víctor Israel
Palabras clave : REPARACIÓN INTEGRAL
VÍCTIMA
DELITOS CULPOSOS
TRÁNSITO
Fecha de publicación : 2022
Editorial : Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas, Carrera de Derecho. Abogado de los Tribunales de la República.
Citación : Montesdeoca Martínez, Víctor Israel. (2021). La reparación integral a la víctima criterios de determinación, en los delitos culposos de tránsito. Trabajo de investigación previo a la obtención del título de Abogado de los Tribunales de la República. Guaranda: UEB. 80 p.
Citación : FJCS.DE;442
Resumen : En el Ecuador, la reparación integral se encuentra garantizada desde nuestra Constitución de la República del Ecuador, pues se encuentra elevado a categoría de garantía, misma, desarrollada en el Art. 78 donde se establece: “Las víctimas de las infracciones penales gozaran de protección especial, se les garantizara su no revictimización, particularmente en la obtención y valoración de las pruebas, y se les protegerá de cualquier amenaza u otras formas de intimidación.” (Consitución de la República del Ecuador, 2008), es a partir del 2008 que entra en vigencia la nueva Constitución en donde se da relevancia a los derechos de las víctimas de los delitos, considerándose además que, a nivel internacional se encuentra tutelado este derecho de mejor forma. Contemplado en la Constitución de la República del Ecuador el derecho de reparación de las víctimas, se encuentra desarrollado en normas de menor jerarquía, cuerpos legales que serían promulgados con posterioridad a la entrada en vigencia de la Constitución, tal es el caso del Código Orgánico Integral Penal, mismo que desarrolla dentro de su normativa, un capítulo sobre los derechos de las víctimas, dentro de los cuales, el derecho a la reparación integral, así el artículo 11 numeral 2 establece: “A la adopción de mecanismo para la reparación integral de los daños sufridos que incluye, sin dilaciones, el conocimiento de la verdad de los hechos, el restablecimiento del derecho lesionado, la indemnización, la garantía de no repetición de la infracción, la satisfacción del derecho violado y cualquier otra forma de reparación adicional que se justifique de cada caso.” (Código Orgánico Integral Penal, 2020).Distintos son los parámetros que deben ser considerados al momento de disponerse la reparación integral a favor de las víctimas, mismas que, si bien es cierto se encuentran contenidas XII en la Constitución y el Código Orgánico Integral Penal, sin embargo la normativa en referencia lo hace de forma general, es decir no establecen parámetros específicos a ser considerados respecto de esta reparación, siendo necesario por tanto recurrir a otras fuentes que nos permita establecer medidas de reparación integral en favor de las víctimas, constituyéndose como una de las más importantes los pronunciamientos emitidos al respecto por la Corte Interamericana de Derechos Humano, básicamente en varios de sus fallos en los cuales se ha dispuesto la reparación integral de las víctimas. Al respecto, Carlos Aguirre, menciona: La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha expresado que para garantizar el derecho a la protección judicial de los derechos fundamentales no es suficiente con que los recursos judiciales respectivos se encuentren establecidos de modo expreso en la Constitución o en la ley, o con que sean formalmente admisibles, sino que deben ser adecuados y eficaces, a efectos de determinar si se han violado estos derechos y adoptar las medidas necesarias que permitan restablecer su ejercicio. (Aguirre Guanin , Reparación Integral, 2018, pag. 31). Es importante la presente investigación ya que en la actualidad existen aún unidades jurisdicciones que, al momento de emitir sus decisiones, en tornos a la reparación integral en favor de las víctimas en accidentes de tránsito lo hacen sin considerar varios aspectos por las que las víctimas han a travesado como consecuencia del siniestro de tránsito.La presente investigación la realizaremos a través de los métodos histórico con el cual realizaremos un análisis sobre el modo de reparación que se ha dispuesto a lo largo del tiempo, así como a través de los métodos inductivo, deductivo y analítico. Esperamos, además, al finalizar la presente investigación establecer los criterios que se han venido utilizando y cuáles deberían considerarse al momento de disponer una reparación integral en favor de las víctimas por parte del organismo jurisdiccional.
URI : https://dspace.ueb.edu.ec/handle/123456789/4075
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