La reparación integral a la víctima criterios de determinación, en los delitos culposos de tránsito.
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Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas, Carrera de Derecho. Abogado de los Tribunales de la República.
Resumen
En el Ecuador, la reparación integral se encuentra garantizada desde nuestra Constitución de la
República del Ecuador, pues se encuentra elevado a categoría de garantía, misma, desarrollada en
el Art. 78 donde se establece: “Las víctimas de las infracciones penales gozaran de protección
especial, se les garantizara su no revictimización, particularmente en la obtención y valoración de
las pruebas, y se les protegerá de cualquier amenaza u otras formas de intimidación.” (Consitución
de la República del Ecuador, 2008), es a partir del 2008 que entra en vigencia la nueva Constitución
en donde se da relevancia a los derechos de las víctimas de los delitos, considerándose además
que, a nivel internacional se encuentra tutelado este derecho de mejor forma.
Contemplado en la Constitución de la República del Ecuador el derecho de reparación de
las víctimas, se encuentra desarrollado en normas de menor jerarquía, cuerpos legales que serían
promulgados con posterioridad a la entrada en vigencia de la Constitución, tal es el caso del Código
Orgánico Integral Penal, mismo que desarrolla dentro de su normativa, un capítulo sobre los
derechos de las víctimas, dentro de los cuales, el derecho a la reparación integral, así el artículo
11 numeral 2 establece: “A la adopción de mecanismo para la reparación integral de los daños
sufridos que incluye, sin dilaciones, el conocimiento de la verdad de los hechos, el restablecimiento
del derecho lesionado, la indemnización, la garantía de no repetición de la infracción, la
satisfacción del derecho violado y cualquier otra forma de reparación adicional que se justifique
de cada caso.” (Código Orgánico Integral Penal, 2020).Distintos son los parámetros que deben ser considerados al momento de disponerse la
reparación integral a favor de las víctimas, mismas que, si bien es cierto se encuentran contenidas
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en la Constitución y el Código Orgánico Integral Penal, sin embargo la normativa en referencia lo
hace de forma general, es decir no establecen parámetros específicos a ser considerados respecto
de esta reparación, siendo necesario por tanto recurrir a otras fuentes que nos permita establecer
medidas de reparación integral en favor de las víctimas, constituyéndose como una de las más
importantes los pronunciamientos emitidos al respecto por la Corte Interamericana de Derechos
Humano, básicamente en varios de sus fallos en los cuales se ha dispuesto la reparación integral
de las víctimas.
Al respecto, Carlos Aguirre, menciona: La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha expresado que para
garantizar el derecho a la protección judicial de los derechos fundamentales no es
suficiente con que los recursos judiciales respectivos se encuentren establecidos de
modo expreso en la Constitución o en la ley, o con que sean formalmente
admisibles, sino que deben ser adecuados y eficaces, a efectos de determinar si se
han violado estos derechos y adoptar las medidas necesarias que permitan
restablecer su ejercicio. (Aguirre Guanin , Reparación Integral, 2018, pag. 31).
Es importante la presente investigación ya que en la actualidad existen aún unidades
jurisdicciones que, al momento de emitir sus decisiones, en tornos a la reparación integral en favor
de las víctimas en accidentes de tránsito lo hacen sin considerar varios aspectos por las que las
víctimas han a travesado como consecuencia del siniestro de tránsito.La presente investigación la realizaremos a través de los métodos histórico con el cual
realizaremos un análisis sobre el modo de reparación que se ha dispuesto a lo largo del tiempo, así
como a través de los métodos inductivo, deductivo y analítico. Esperamos, además, al finalizar la
presente investigación establecer los criterios que se han venido utilizando y cuáles deberían
considerarse al momento de disponer una reparación integral en favor de las víctimas por parte del
organismo jurisdiccional.
Descripción
Palabras clave
Citación
Montesdeoca Martínez, Víctor Israel. (2021). La reparación integral a la víctima criterios de determinación, en los delitos culposos de tránsito. Trabajo de investigación previo a la obtención del título de Abogado de los Tribunales de la República. Guaranda: UEB. 80 p.