Análisis de la Causa No. 02281-2019-00242 daño a bien ajeno (sobre el actuar de la Fiscalía como ente investigador en la fase (investigación previa) y sus etapas (instrucción, evaluación y preparatoria de juicio y juicio), en el cantón Guaranda, provincia de Bolívar.

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2021
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Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas. Carrera de Derecho. Abogado de los Tribunales de la República.
Abstract
El presente estudio y/o análisis de caso, signado con el N°02281-2019-00242, por el delito de Daño a Bien Ajeno sobre el actuar de la Fiscalía como ente investigador se evidencio falencias durante la fase de investigación previa y etapas dentro del proceso penal, desarrollado en la ciudad de Guaranda en el Tribunal de Garantías Penales de Bolívar en el que se obtuvo la sentencia absolutoria, en el cual se ratifica el estado de inocencia. Llego a conocimiento de la fiscalía el presunto delito de Daño a bien Ajeno, mediante denuncia por parte de la víctima, de esta manera iniciando la investigación previa en la que se tramito mediante procedimiento ordinario. En la fase de investigación previa reunión los elementos de convicción suficiente que llevaron al Fiscal a solicitar la respectiva Audiencia de Formulación de Cargos, donde se dio inicio a la etapa de Instrucción fiscal, en esta audiencia se solicitó Medidas Cautelares, según lo dispuesto en el artículo 519 del Código Orgánico Integral Penal en que se establece que el juez podrá ordenar una o varias medidas cautelares y de protección con la finalidad de proteger los derechos de la víctima y demás participantes en el proceso penal, así mismo en su numeral 2 hace alusión, que esta se da para garantizar la comparecencia de la persona al proceso penal, el cumplimiento de la pena reparación integra en su numeral tres es con el propósito de evitar que la persona acusada pueda destruir u obstaculizar la práctica de la pruebas, que desaparezcan elementos de convicción y por último tenemos que la finalidad es de garantizar la reparación integral del daño causado a la víctima. En la audiencia de Formulación de Cargos se dictó medidas cautelares en base al artículo 522 del COIP, entre ellas prohibición de ausentarse del país y la presentación periódica de la persona procesada, también se dispuso la medida cautelar prevista en el artículo 555 del ya mencionado cuerpo legal, la cual es la prohibición de enajenar de sus bienes, esta media fue notificada al Registrador de la Propiedad del Cantón Guaranda, provincia Bolívar. Es menester mencionar que en el presente caso la duración de la Instrucción Fiscal fue de 60 días, al concluir este tiempo el Fiscal solicita señalar día y hora para que se lleve efecto la Audiencia de Evaluación y Preparatoria de Juicio, la misma que se señala para el 19 de junio del 2019 a la 14H30. En la audiencia de Evaluación y Preparatoria de Juicio, comparecieron la fiscalía y la victima asistido por su Abogado patrocinador, también el procesado con su defensa técnica, en el cual el Fiscal presento su Dictamen Acusatorio en contra del señor Cesar Aníbal Chulco Pacha por el delito establecido en el artículo 204 inciso 2 del Código Orgánico Integral Penal, esto es por el delito de Daño a Bien Ajeno, siendo su sustento las versiones de personas que conocieron el hecho, así también basándose en el Reconocimiento del lugar de los hechos, perito debidamente Acreditado por el Consejo de la Judicatura.
Description
Keywords
CAUSA N° 02281-2019-00242, BIEN, DAÑO A BIEN AJENO, DERECHO, DERECHO PENAL, DERECHO CONSTITUCIONAL, INVESTIGACIÓN PREVIA, PREPARATORIA DE JUICIO, CANTÓN GUARANDA, PROVINCIA DE BOLÍVAR
Citation
Rochina Rochina, Javier Fabián (2021). Análisis de la Causa No. 02281-2019-00242 daño a bien ajeno (sobre el actuar de la Fiscalía como ente investigador en la fase (investigación previa) y sus etapas (instrucción, evaluación y preparatoria de juicio y juicio), en el cantón Guaranda, provincia de Bolívar. Trabajo de investigación previo a la obtención del título de Abogado de los Tribunales de la República. Guaranda: UEB. 43 p.
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