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dc.contributor.advisorBallesteros Jiménez, Rocío de la Mercedes-
dc.contributor.authorJibaja González, Gabriela Alejandra-
dc.date.accessioned2021-11-18T15:58:00Z-
dc.date.available2021-11-18T15:58:00Z-
dc.date.issued2021-
dc.identifier.citationJibaja González, G. A. (2021). La conciliación en el derecho de familia, resolución de conflictos en materia de niñez y adolescencia en circunstancias cuando uno de los progenitores no tiene actividad laboral ni profesión estable. Guaranda: UEB.es_MX
dc.identifier.urihttps://dspace.ueb.edu.ec/handle/123456789/3994-
dc.description.abstractLa protección prevalente de los derechos de niños, niñas y adolescentes está a cargo de la familia, la sociedad y el Estado, y es éste último el responsable de establecer mecanismos para hacerlos efectivos. En esta línea argumentativa, se preguntó ¿Cómo afecta la conciliación como requisito de procedibilidad en procesos de alimentos cuando uno de los obligados no tiene actividad laboral ni profesional? Al respecto, la Corte Constitucional dispuso la conciliación o acuerdo mutuo sobre el pago de las pensiones alimenticias atrasadas previo a ordenar el apremio personal en procesos de alimentos, (Sentencia No. 012-17-SIN-CC, Corte Constitucional; 2017), mediante la cual se declaró la inconstitucionalidad del artículo 137 del COGEP, siendo objeto de la misma la reforma a la figura jurídica del “Apremio Personal” en razón de adeudar pensiones alimenticias, siendo objeto principal de análisis en el presente Trabajo de Investigación; al efecto, se realizó una investigación de tipo cualitativo – descriptivo, se utilizó el método inductivo-deductivo, bibliográfico y la técnica de análisis documental; su resultado mostró la problemática frente al reconocimiento de los derechos alimentarios bajo el principio del interés superior del niño y la aplicación jerárquica de la normativa constitucional, lo que ocasiona la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva y la seguridad jurídica, temas que son desarrollados y contrastados en éste trabajo. Debe resaltarse que el tiempo objeto de observación inicialmente previsto en el trabajo se redujo porque es un tema de reciente data. De esta manera, los resultados obtenidos emanan de la revisión literaria jurídica y del trabajo de otras investigaciones realizadas en el tema planteado que sirvieron como auxiliares de investigación.es_MX
dc.language.isospaes_MX
dc.publisherUniversidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas. Carrera de Derecho. Abogado de los Tribunales de la República.es_MX
dc.relation.ispartofseriesFJCS.DE;424-
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_MX
dc.subjectDERECHO DE FAMILIAes_MX
dc.subjectCONFLICTOSes_MX
dc.subjectNIÑEZes_MX
dc.subjectADOLESCENCIAes_MX
dc.subjectPROGENITORESes_MX
dc.subjectALIMENTOSes_MX
dc.subjectAPREMIO PERSONALes_MX
dc.titleLa conciliación en el derecho de familia, resolución de conflictos en materia de niñez y adolescencia en circunstancias cuando uno de los progenitores no tiene actividad laboral ni profesión estable.es_MX
dc.typebachelorThesises_MX
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