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Título : Falta de término legal para la celebración de la audiencia en el Código Orgánico General de Procesos dentro del procedimiento monitorio.
Autor : Yánez Carrasco, Juan Carlos
Gabriela Paola, Carrasco Lara
Palabras clave : TÉRMINO LEGAL
AUDIENCIA
CÓDIGO ORGÁNICO GENERAL DE PROCESOS
PROCEDIMIENTO MONITORIO
Fecha de publicación : 2017
Editorial : Universidad Estatal de Bolívar.Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas, Carrera de Derecho
Citación : FJCS.DE;48
Resumen : Como es normal en la aplicación de una reglamentación jurídica nueva y al entrar en vigencia el sistema Oral en materias no penales con el Código Orgánico General de Procesos, aprobado del 26 de abril del 2015, se esperaba optimizar el sistema judicial actual dándole una mayor eficacia, el COGEP lo que busca es condensar a cada uno de los procesos dándole una mayor celeridad, procurando ante todo, omitir los habituales atascos judiciales; cosa que se ha evidenciado en la mayoría de los casos, para esto ha establecido en cada proceso, una serie de términos y plazos que facilitan la generación de soluciones más rápidas y sencillas. Aparece así el procedimiento monitorio, el cual tiene como base el cobro de ciertos rubros económicos adeudados tomando como condición el hecho de que estos no consten en un título ejecutivo, y que no superen los 50 salarios básicos de trabajador en general, es decir 1,8750 dólares, facultándose al acreedor que en algunos, casos de acuerdo al monto de la deuda, el presentar la demanda sin contar con el patrocinio de un abogado, bastando la ayuda de un formulario; por lo que el procedimiento monitorio para el cobro de este tipo de haberes, sería el idóneo al convertirse en un proceso especial y rápido ya que su resolución plantea una solución inmediata; incluso más eficaz que el procedimiento ejecutivo. Lo preocupante es que existe una omisión en determinar el término legal para la celebración de la audiencia dentro del procedimiento monitorio, lo que deja al libre albedrío del juez el señalar la fecha de la audiencia, pudiendo perjudicar al actor o beneficiar al demandado sí se señala en una fecha muy distante a la de la contestación de la demanda, provocando una serie de problemas en la celebración eficaz en este tipo de procedimientos. Palabras claves: término, legalidad, eficaz, proceso.
URI : http://dspace.ueb.edu.ec/handle/123456789/1800
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