Maestría en Derecho con Mención en Litigación Penal
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Item El delito de violencia sexual y la falta de aplicación del principio de responsabilidad objetiva en la reparación integral de la víctima, en el Tribunal Penal de Bolívar, 2021.(Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas. Magister en Derecho con Mención en Litigación Penal., 2022) Granja Zapata, Mónica Alexandra; Arregui Roldán, Ruth AliciaLa presente investigación, bajo el objetivo general de analizar al delito de violencia sexual y la falta de aplicación del principio de responsabilidad objetiva en la reparación integral de la víctima, desde un estudio del Tribunal Penal de Bolívar durante el año 2021, tiene como propósito comprender el alcance del derecho que tienen las víctimas de delitos sexuales a recibir reparación integral; se han puesto en consideración estos delitos por el tipo de daño que generan en el desarrollo integral de la persona, y por la afectación que causan en sus derechos. Así se aplico una metodología de tipo bibliográfica, sustentada en los últimos 3 años de nivel descriptivo; permite establecer un estudio mixto de campo; con entrevistas y encuestas dirigidas a abogados, fiscales y jueces del Tribunal Penal de Bolívar. Estableciendo, que el delito de violencia sexual está claramente definido en el COIP, pero el principio de responsabilidad objetiva no se da en todo su sentido hacia la reparación integral de la víctima; entendiendo que la responsabilidad objetiva aparece entonces como una vía para conseguir en ciertos casos especiales que, sin socialización de los daños y sin acto injusto de por medio, una víctima reciba, de parte de quien no tiene obligación moral alguna, un pago a título de resarcimiento, la misma que se cumple a nivel jurídico dentro del campo normativo punible, pero, la deficiencia en las acciones económicas y más de respaldo psicológico en las mujeres violentadas al largo plazo no cuenta con una estructura sólida, lo que podría generar en las víctimas de un delito sexual doble vulneración de derechos; por consiguiente, es deber del Estado consolidar el sistema de reparación integral para que se cumpla íntegramente el espíritu y el propósito de este derecho constitucional.Item La dosimetría en las penas establecidas en el Código Orgánico Integral Penal para el delito de robo frente al delito de peculado.(Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas. Magister en Derecho con Mención en Litigación Penal., 2022) Flores Ballesteros, Marcelo Ramiro; Arregui Roldán, Ruth AliciaEl presente plan de investigación aborda un estudio en la problemática existente en la aplicación en las penas establecidas en el Código Orgánico Integral Penal, en el delito de robo frente al peculado; pues su estudio se enfoca y esta direccionado al principio de proporcionalidad, en virtud a que el legislador debía determinar penas que guarden absoluta relación con el grado de lesividad que afectado al bien jurídico protegido. La norma penal no diferencia y tampoco es clara al determinar el monto económico del peculado y la pena gradual establecida entre el delito de robo al momento de emitir un dictamen, surtiendo como efecto una total desproporción en las penas entre estos dos tipos penales, ocasionado por un lado impunidad y por la otra desigualdad. En base a este contexto es preciso delimitar que el presente trabajo de investigación está enfocado específicamente al análisis entre estas dos figuras jurídicas que es la del robo frente al peculado en su relación con el principio de proporcionalidad de la pena, y que tienen una larga evaluación histórica en el desarrollo de la doctrina universal y el estudio del derecho penal; y, que desde la antigüedad su evolución ha generado grandes cambios y con ello dentro del sistema penal. En definitiva, con el estudio de la doctrina delimitaremos y en esencial lo que se pretende es centrar el análisis en lo que se genera la problemática al no poder instituir y consolidar estos principios constitucionales en el proceso penal en el delito de robo frente XI al de peculado direccionado a la proporcionalidad de la pena en estas figuras; su evolución y la formas en las que el sistema penal ha cambiado desde sus inicios. Nos centraremos en la aplicación de las penas en los delitos de interés antes referidos, en virtud de observar si dentro de emitir una sentencia esta conlleva y se base en las reglas del debido proceso y los estándares internacionales de derechos humanos en virtud de la proporción de las penas en su aplicación.Item Ponderación y contraste entre el derecho a la tutela judicial efectiva de la víctima y la figura de suspensión condicional de la pena a la que puede acceder el sentenciado en el delito de muerte culposa causada por accidente de tránsito.(Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas. Magister en Derecho con Mención en Litigación Penal., 2023) Ballesteros Ramos, Diego Iván; Arregui Roldán, Ruth AliciaLa presente investigación se centra en demostrar que la suspensión condicional de la pena al sentenciado en delitos de tránsito con muerte culposa vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva de la víctima indirecta. Se fundamenta en el artículo 630 del Código Orgánico Integral Penal que permite a determinados sentenciados a que la pena privativa de la libertad que le fuera impuesta en audiencia de primera instancia sea suspendida de manera condicional y en el artículo 78 de la Constitución de la República que reconoce el derecho a la reparación integral de las víctimas de infracciones penales. Es un estudio dogmático – jurídico, que utiliza fuentes primarias y secundarias. Los resultados demuestran que los beneficios que otorgan las normas procesales para el sentenciado que ocasiona un accidente de tránsito con resultado de muerte son mayores porque obtiene la suspensión condicional de la pena privativa de libertad a diferencia de la reparación integral que no está garantizada en el procedimiento penal ecuatoriano, lo que vulnera la tutela judicial efectiva de las víctimas indirectas.