La inconstitucionalidad del derecho a la defensa en el juzgamiento de las contravenciones de tránsito establecido en el Art. 644 inciso 5 del COIP, vulnera la garantía establecida en el Art. 76 numeral 7 literal m de la Constitución de la República del Ecuador.

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2021

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Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas, Carrera de Derecho. Abogado de los Tribunales de la República.

Abstract

En el presente trabajo de investigación se analizó que no existe armonía en el juzgamiento en lo que se refiere a las contravenciones de tránsito, porque se transgrede lo preceptuado en el artículo 76 numeral 7 literal m) de la Constitución de la República del Ecuador, en la cual se indica que el derecho de las personas a la defensa incluirá la garantía que los ciudadanos podrán “recurrir el fallo o resolución en todos los procedimientos en los que se decida sobre sus derechos” en relación al artículo 644 inciso 5 del Código Orgánico Integral Penal donde se dispone que “la sentencia dictada en esta audiencia de acuerdo con las reglas de este Código, será de condena o ratificatoria de inocencia y podrá ser apelada ante la Corte Provincial, únicamente si la pena es privativa de libertad”; frente a esto, cabría la siguiente interrogante: ¿Por qué no hay posibilidad de apelar en una causa resuelta de impugnación de boleta de tránsito sino fuese con pena privativa de libertad pese a que la Carta Magna lo permite? Teniendo en cuenta aquello, que todos los ciudadanos ecuatorianos tienen y están protegidos por los principios, derechos y garantías establecidos en la Constitución y adicionalmente, se debe tener claro que el debido proceso es un derecho que debe ser respetado, y si no fuese así, se garantizará la oportunidad de reclamar o recurrir de los dictámenes judiciales. Entonces, se puede explicar que esta investigación buscará tener una referencia que sea de provecho para que los legisladores promuevan una alternativa a lo señalado con anterioridad, puesto que día a día, existen contravenciones de tránsito que se impugnan, y que, a su vez, si el fallo no está acorde a los hechos versados en la realidad al caso, merecerían ser apelados. El presente trabajo de investigación se desarrolló con el fin de analizar y recopilar información necesaria e importante para la elaboración del documento; y a su vez, para la X realización del presente trabajo de investigación, por ende, se utilizaron los tipos de investigación descriptiva, explicativa y exploratoria. Además, se empleó los siguientes métodos: inductivo- deductivo, analítico- sintético e histórico – lógico.

Description

Keywords

INCONSTITUCIONALIDAD, DERECHO A LA DEFENSA, JUZGAMIENTO, CONTRAVENCIONES, TRÁNSITO, ART. 644 INCISO 5, COIP, ART. 76 NUMERAL 7, CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR.

Citation

Serrano Purcachi, Z. M. ( 2021 ). La inconstitucionalidad del derecho a la defensa en el juzgamiento de las contravenciones de tránsito establecido en el Art. 644 inciso 5 del COIP, vulnera la garantía establecida en el Art. 76 numeral 7 literal m de la Constitución de la República del Ecuador.

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