La aplicación del concurso de infracciones penales recogido en los artículos 20 y 21 del Código Orgánico Integral Penal COIP, desde un enfoque del garantismo penal.
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Editor
Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas. Carrera de Derecho. Abogado de los Tribunales de la República.
Resumen
El presente proyecto de investigación tiene por objeto analizar el concurso de
infracciones penales descrito en los artículos 20 y 21 del Código Orgánico Integral Penal
vigente desde el año 2014, desde la doctrina, jurisprudencia, normativa; y, la aplicación
práctica de estas figuras jurídicas por parte de los operadores de justicia. Por un lado, el
“concurso real” de infracciones sanciona los delitos autónomos e independientes con una
acumulación de penas que no exceden los 40 años, pero resulta prudente estudiar a que se
consideran delitos autónomos e independientes. Algo que la jurisprudencia ecuatoriana no ha
llegado a aclarar con certeza.
Con respecto al “concurso ideal”, entendido que son subsumibles varios tipos penales
a una sola conducta aplicando la pena más grave, por lo que en la siguiente invest igación
permite entender cuáles son los criterios doctrinarios y jurisprudenciales para la aplicación de
estas instituciones jurídicas desde el enfoque del “garantismo penal”, para evitar la
arbitrariedad del sistema de justicia ecuatoriana y poder darle un tope al punitivismo estatal
por la incorrecta aplicación de estas figuras jurídico-penales. Sin embargo, la dificultad de fijar
cuándo hay un solo hecho o una sola acción y cuándo varias hace que, en la práctica, exista
una gran inseguridad a la hora de apreciar una u otra modalidad concursal de infracciones.
La arbitraria aplicación de estas figuras jurídico-penales, que han sido tipificadas en la
norma sustantiva penal ecuatoriana, tienen que alinearse con las garantías que se han previsto
en la Constitución de Montecristi para un procedimiento penal garantista, plagado de reglas
básicas para su desarrollo que no busca proteger al delincuente, sino proteger a los ciudadanos
del poder desenfrenado del estado a través de su “ius puniendi”.
La relevancia de estos fenómenos jurídicos, suponen un tratamiento especial para la
afectación de la libertad personal a través de la “proporcionalidad de las penas”, por lo que han
desafiado sus fines y limites, ya que no siempre se aplican con precisión, trastocando el modelo
garantista del estado constitucional de derechos y justicia social que ha sido proclamado en la
Constitución de República del Ecuador de 2008.
Palabras Clave: Concurso real, Concurso Ideal, Garantismo Penal, Proporcionalidad, Pena.
Descripción
Citación
Valencia Pacheco, John Líder. (2022). La aplicación del concurso de infracciones penales recogido en los artículos 20 y 21 del Código Orgánico Integral Penal COIP, desde un enfoque del garantismo penal. Trabajo de investigación previo a la obtención del título de Abogado de los Tribunales de la República. Guaranda: UEB. 45 p.