Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem:
https://dspace.ueb.edu.ec/handle/123456789/5621
Registro completo de metadatos
Campo DC | Valor | Lengua/Idioma |
---|---|---|
dc.contributor.advisor | Veloz Segura, Javier | - |
dc.contributor.author | Ilaquiche Ayala, Digna Maricela | - |
dc.date.accessioned | 2023-08-07T21:22:09Z | - |
dc.date.available | 2023-08-07T21:22:09Z | - |
dc.date.issued | 2023 | - |
dc.identifier.uri | https://dspace.ueb.edu.ec/handle/123456789/5621 | - |
dc.description.abstract | El Estado ecuatoriano a través de la Carta Magna establece y promueve el ejercicio de todos los derechos que en ella se encuentran tipificadas y como base de los demás el denominado derecho a la vida digna, protegida internacionalmente desde tiempos remotos por su gran relevancia, acogida por varios países y estudiada desde distintas perspectivas y necesidades; derecho al que cada miembro de la sociedad por mandato legal debe poder acceder, sin que existan cuestiones que a través de la misma ley, puedan acarrear a que éste pueda ser objeto de vulneración a una parte o toda la población. Teniendo en cuenta el principio de equidad, por medio del ordenamiento jurídico del país, se han integrado normas especiales que garantizan mayor amparo a parte de la sociedad de acuerdo a las necesidades, por ello y en garantía misma de la dignidad se han considerado el pago de pensiones alimenticias a las niñas, niños y adolescentes para su desarrollo óptimo, cuestiones que han sido analizadas y discutidas en cuanto a lo que la ley no dispone para el efecto; en la misma línea para el año 2022 se promulgó por primera vez la tabla de pensiones alimenticias mínimas para los adultos mayores, con similares características a la de los menores, considerando una base promedio y teniendo en cuenta a los derechohabientes existentes pero únicamente al que reúna las características del grupo que lo reclama, y al no incluirse a todos quienes el Código Civil dispone como personas a las cuales por ley se les debe alimentos, en especial a los niños y adolescentes, se encuentra una problemática dirigida para el alimentante, pues debido a que las dos obligaciones son calculadas sin tomarse en cuenta la una de la otra, la vida digna que incluye el acceso a todos los postulados del Buen Vivir o Sumak Kawsay, puede encontrarse afectada. Por lo expuesto, en la presente investigación se ha visto factible analizar la forma en la que se puede vulnerar el derecho constitucional a la vida digna del alimentante por el pago simultáneo de las pensiones alimenticias correspondientes a las niñas, niños y adolescentes y las correspondientes a los adultos mayores, sin considerarse a los dos grupos como derechohabientes o dependientes a cargo del obligado al momento del cálculo del monto final a pagarse por concepto de alimentos; y con la finalidad de que con los resultados obtenidos se pueda encontrar una solución idónea para evitar su posible vulneración, puesto que es 3 necesario que por medio de la ley se regule este hecho en base al cumplimiento de la seguridad jurídica | es_MX |
dc.language.iso | spa | es_MX |
dc.publisher | Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudencias. Carrera Derecho | es_MX |
dc.relation.ispartofseries | FJCS.DE;659 | - |
dc.rights | info:eu-repo/semantics/openAccess | es_MX |
dc.subject | VIDA DIGNA | es_MX |
dc.subject | ADULTOS MAYORES | es_MX |
dc.subject | NIÑOS Y ADOLESCENTES | es_MX |
dc.subject | PENSIÓN ALIMENTICIA | es_MX |
dc.title | Análisis del derecho a la vida digna del alimentante relacionada a pensiones alimenticias del adulto mayor y de los niños y adolescentes en el cantón Sigchos, año 2022 | es_MX |
dc.type | bachelorThesis | es_MX |
Aparece en las colecciones: | Derecho |
Ficheros en este ítem:
Fichero | Descripción | Tamaño | Formato | |
---|---|---|---|---|
Informe Final DIGNA MARICELA ILAQUICHE bilioteca.pdf | 4,11 MB | Adobe PDF | Visualizar/Abrir |
Los ítems de DSpace están protegidos por copyright, con todos los derechos reservados, a menos que se indique lo contrario.