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https://dspace.ueb.edu.ec/handle/123456789/2752
Título : | Vulneración al debido proceso y a la Seguridad Jurídica, consagrados en los artículos 76 y 77 de la Constitución de la República del Ecuador, en el proceso judicial n° 02281-2015-00270 por parte del Tribunal de Garantías Penales de Bolívar, en contra de Elena Khokhlova, Mayda del Pilar Tapia Jara y otros; por el presunto delito de estafa |
Autor : | Yánez Carrasco, Juan Carlos Iza Bósquez, Cristhian Omar |
Palabras clave : | DERECHO VULNERACIÓN DEBIDO PROCESO SEGURIDAD JURÍDICA CONSAGRADOS ARTÍCULOS 76 Y 77 CONSTITUCIÓN REPÚBLICA DEL ECUADOR PROCESO JUDICIAL N° 02281-2015-00270 TRIBUNAL GARANTÍAS PENALES DE BOLÍVAR CONTRA ELENA KHOKHLOVA MAYDA DEL PILAR TAPIA JARA Y OTROS PRESUNTO DELITO ESTAFA |
Fecha de publicación : | 2018 |
Editorial : | Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudencia Ciencias Sociales y Políoticas,Carrera de Derecho |
Citación : | FJCS.DE;225 |
Resumen : | El hecho delictuoso, en circunstancias que la señora Elena Khokhlova se desempeñaba como asesora de crédito en la Agencia de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Juan Pío de Mora, de esta ciudad de Guaranda, mismo que se ha revisado de forma detenida el proceso en la Unidad Judicial del Cantón Guaranda en donde detenidamente se ha observado que existe muchas irregularidades por parte de fiscalía, de igual forma existe un mal actuar de parte del defensor particular de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Juan Pío de Mora, pues presenta una denuncia por Estafa en la que tipifica el delito acorde a lo estipulado por la norma legal del Código Penal y Código de Procedimiento Penal, erróneo desde todo punto de vista ya que en su momento se encontraba en vigencia el Código Orgánico Integral Penal, por esta razón la Sala de la Corte Provincial de Justicia ante el recurso subido en alzada de Apelación declaran la nulidad a costas del Fiscal y de los Jueces que resolvieron formular cargos y declarar la culpabilidad por un delito que no era el que se encontraba encajada en la conducta ilícita, ya que sancionaron por el delito de Estafa siendo lo correcto aplicar el Código Orgánico Integral Penal y tipificar por el delito de Peculado. El estudio de esta forma se realiza con la finalidad de contribuir al fortalecimiento en el respeto a los derechos al debido proceso y a la tutela judicial efectiva de las personas que sean partes procesales de un proceso penal en el que por un error involuntario acarraria con la privasión de libertad de muchas personas. |
URI : | http://dspace.ueb.edu.ec/handle/123456789/2752 |
Aparece en las colecciones: | Derecho |
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