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Título : “El principio de oportunidad y el derecho de las víctimas en los delitos de tránsito, en la ciudad de Guaranda durante el año 2011”
Autor : Noboa Larrea, Gonzalo Enrique
Ortiz Aucatoma, Vinicio Xavier
Palabras clave : DELITOS DE TRÁNSITO
VÍCTIMAS
CANTÓN GUARANDA
Fecha de publicación : 2012
Editorial : Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas, Carrera de Derecho
Citación : Ortiz Aucatoma, Vinicio Xavier. (2012). “El principio de oportunidad y el derecho de las víctimas en los delitos de tránsito, en la ciudad de Guaranda durante el año 2011” ”, (trabajo de fin de carrera de Abogado de los Tribunales y Juzgados de la República del Ecuador). UEB. Guaranda
Citación : FJCS.DE;93
Resumen : El presente trabajo investigativo se basa en un estudio jurídico, crítico y doctrinario sobre el Principio de Oportunidad y el Derecho de las Víctimas en los Delitos de Tránsito, en la ciudad de Guaranda durante el año 2011. Teniendo como base las disposiciones constitucionales, que establecen: “La Fiscalía dirigirá, de oficio o a petición de parte, la investigación preprocesal y procesal penal, durante el proceso ejercerá la acción pública con sujeción a los principios de oportunidad y mínima intervención penal, con especial atención al interés público y a los derechos de las víctimas. De hallar mérito acusará a los presuntos infractores ante el Juez competente e impulsará la acusación en la sustanciación del juicio penal.”1 “Las víctimas de infracciones penales gozarán de protección especial se les garantizará su no revictimización, particularmente en la obtención y valoración de las pruebas y se las protegerá de cualquier amenaza u otras formas de intimidación. Se adoptarán mecanismos para una reparación integral que incluirá, sin dilaciones el conocimiento de la verdad de los hechos y la restitución, indemnización, rehabilitación, garantía de no repetición y satisfacción del derecho violado. Se establecerá un sistema de protección y asistencia a víctimas, testigos y participantes procesales”.2 Desde esta perspectiva jurídica recabe información mediante el uso de las técnicas de acopio científico (fichas bibliográficas y nemotécnicas), que permitió el desarrollo del contenido doctrinario y jurídico con respecto a los contenidos del CAPÍTULO I, que tratan sobre el principio de oportunidad, se establecen conceptos y los parámetros para aplicar dicho principio, sus características y por otro lado, desarrollo contenidos sobre la víctima, el ofendido, el agraviado, el denunciante, el acusador particular, que forma una sola unidad con respecto a los derechos de la víctima, su no revictimación, el derecho a la reparación integral, el derecho a conocer la verdad de los hechos, la restitución e indemnización, la rehabilitación, la garantía de no repetición y la satisfacción del derecho violado. En el CAPÍTULO II, hago un análisis jurídico sobre el ejercicio de la acción penal y la aplicación del principio de oportunidad, teniendo en cuenta los derechos de la víctima y la obligación a la reparación integral, basándome en las disposiciones legales previstas tanto en la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, como las contenidas en el Código de Procedimiento Penal, como norma supletoria en materia de tránsito y la jerarquía de la Norma Suprema frente a la vulneración de derechos. En el CAPÍTULO III, me refiero a la investigación de campo realizada en la ciudad de Guaranda, Provincia de Bolívar y los datos obtenidos mediante la aplicación de la técnica de campo (encuesta), recabo información de treinta personas que están dedicados a la administración de justicia y al libre ejercicio profesional, quienes en su mayoría sostienen que: “Es necesario que la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, establezca ciertas condiciones para la aplicación del principio de oportunidad que garantice una reparación integral a la víctima en los delitos de tránsito.” Datos que fueron tabulados y registrados en cuadros estadísticos que permiten establecer sus porcentajes y reflejarlos en gráficos, para su interpretación y análisis y realizo un estudio de dos casos registrados en el Juzgado de Tránsito de Bolívar en el año 2012, estableciendo las falencias legales que vulneran los derechos de la víctima o no garantizan la reparación integral de la víctima. De la investigación realizada se llega a la conclusión general que el Art. 173 de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, único artículo que trata sobre la aplicación del principio de oportunidad, no garantiza los derechos de la víctima, por lo que, recomendamos que hay una necesidad indispensable que la Asamblea Nacional revise y lo adecúe al material y formalmente a los derechos fundamentales de la víctima, que garantice la aplicación del Art. 78 de la citada Norma Suprema. Sobre la base de este marco teórico, jurídico y de opinión de la información recabada, se concreta una propuesta legal que consiste en el desarrollo de un proyecto de reforma legal al Art. 173 de la ya mencionada ley de tránsito, que permite mejorar la normativa jurídica que regula la aplicación del principio de oportunidad en los delitos de tránsito, estableciendo un procedimiento claro, adecuado y aplicable por la autoridad competente, que garantice el derecho de las víctimas a recibir una reparación integral, restitución e indemnización, rehabilitación y satisfacción del derecho violado, de modo que, el aporte académico que pretendo dar con esta investigación va en beneficio de las víctimas de accidentes de tránsito.
URI : http://dspace.ueb.edu.ec/handle/123456789/2169
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