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Título : La inobservancia de las disposiciones constantes en el Código Orgánico Integral Penal con respecto al cambio de régimen penitenciario, de cerrado a semiabierto en el centro de privación de libertad del cantón Guaranda en el año 2016”
Autor : Naranjo Escobar, Marco
Rea Chariguaman, William Vinicio
Palabras clave : INOBSERVANCIA
DISPOSICIONES
CODIGO ORGANICO INTEGRAL PENAL
REGIMEN PENITENCIARIO
CERRADO A SEMIABIERTO
CENTRO DE PRIVACION DE LIBERTAD
CANTON GUARANDA
Fecha de publicación : 2017
Editorial : Universidad Estatal de Bolívar.Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas, Carrera de Derecho
Citación : FJCS.DE;85
Resumen : Esta investigación, conlleva a una información social y jurídica, a través del conocimiento del derecho donde se trata de que se cumpla estrictamente con lo que establecen las disposiciones legales que garantizan los derechos de las personas privadas de la libertad, que han cumplido recluidos con el 60 por ciento de su pena impuesta y que la ley les faculta a ser beneficiados con un régimen semiabierto fuera del centro de privación de libertad. Podemos decir que en América Latina, el cambio de régimen de cerrado a semiabierto es una garantía para las personas privadas de la libertad, y que se viene practicando con el fin de que pueda existir una reinserción social de la persona sentenciada a la sociedad, garantizando de esta manera derechos fundamentales de las personas establecidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos. Nuestro Código Orgánico Integral Penal, en su libro tercero al tratar sobre la ejecución de las penas, y específicamente ene l Art. 696, trata sobre los regímenes de rehabilitación social, estableciendo cerrado, semiabierto y abierto; todo esto con el fin de buscar una verdadera rehabilitación social de la persona que por tal o cual motivo infringió una norma legal y llegó a ser sentenciada, no permanezca todos se tiempo encerrado, al contrario luego de mantener este una buena conducta en dicho centro y con el cumplimento de otros requisitos, pueden hacerse merecedor al cambio de régimen para al final obtener su libertad bajo el régimen abierto en donde exista una convivencia dentro de su entorno social, supervisado por el organismo técnico respectivo.
URI : http://dspace.ueb.edu.ec/handle/123456789/1931
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