JURISPRUDENCIA.
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Item La declaratoria de Unión de Hecho post mortem como medio de asegurar los derechos patrimoniales del conviviente supérstite, en la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Guaranda en el año 2021.(Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas. Carrera de Derecho. Abogada de los Tribunales de la República., 2023-03) Camacho Andrade, Hortensia Gabriela; Yánez Carrasco, Juan CarlosLa unión de hecho, la encontramos arraigada en la historia de nuestras sociedades desde sus propios albores, como la forma más común de generar una familia en nuestro país, este instituto se encuentra debidamente legislado tanto en la Constitución de la República del Ecuador (2008) como en el Código Civil (2005), definiendo como la unión estable y monogámica entre dos personas libres de vínculo matrimonial, extendiéndole los beneficios que se han legislado para el matrimonio, en lo concerniente a los hijos habidos durante la vigencia de la unión de hecho y la administración de los bienes que se adquieran durante la existencia de esta unión, que serán regulados conforme a la normativa que el Código Civil contempla para la sociedad conyugal. A fin de que la unión de hecho surta efectos legales de forma plena, debe ser declarada conforme a derecho, sea por un acto voluntario de los dos convivientes en sede notarial, o sea por la demanda de uno de ellos ante la función jurisdiccional. El escenario en el cual se desarrolló el trabajo de investigación, es la declaratoria de unión de hecho por el administrador posterior a la muerte de uno de los convivientes y cómo esta declaratoria se convierte en una herramienta eficaz a fin de que el conviviente que con continua con vida asegure que la parte que le corresponde en la sociedad de bienes que se formó cuando se dio origen a la unión de hecho, se incorporen de manera adecuada a su patrimonio personal y no se confundan con el acervo de los bienes sucesorios dejados por el causante, en la Unidad de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Guaranda en el año 2021 En el marco teórico de la investigación, se realizar un estudio pormenorizado, analítico de lo que es la unión de hecho en el Ecuador, las reglas que la rigen dentro de nuestro andamiaje jurídico y lo correspondiente a la declaratoria de unión de hecho post mortem y sus efectos.Item El derecho connatural parental frente a la obligación alimentaria de la fijación de alimentos en casos llevados a cabo en la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la ciudad de Guaranda durante el primer semestre del año 2021.(Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas. Carrera de Derecho. Abogada de los Tribunales de la República., 2022) Güingla Taco, Yadira Andrea; González Alberteris, Ana DidianDentro del desarrollo del presente proyecto de investigación, se plantea de forma objetiva el análisis del derecho connatural parental, frente a la obligación alimentaria de la prestación de alimentos, aludiendo que esta obligación, se debe realizar teniendo como base la igualdad de condiciones económicas y sociales, que posean tanto el padre como la madre, de esta manera y partiendo desde nuestra Carta Magna en su Artículo 69 numeral 1 y 5 nos manifiesta acerca de la maternidad y paternidad responsable en donde se busca defender y proteger el interés del menor; además, se plasma que el estado tendrá la obligación de promover la corresponsabilidad parental de una manera recíproca, pero al analizar el Código de la Niñez y la Adolescencia de la República del Ecuador especialmente en la temática de la prestación de alimentos podemos interpretar que la responsabilidad y la obligación recae únicamente sobre el padre, determinando también las consecuencias al no dar el debido cumplimiento a esta obligación. Teniendo en cuenta que un divorcio o separación determina una crisis familiar y económica, se debe precautelar el bienestar del menor asumiendo como pilares fundamentes a sus padres, aunque se encuentren separados, aun así es evidente que el aporte de un solo padre no alcanza para satisfacer las necesidad del niño y es aquí en donde se debería analizar la situación económica de la madre con la finalidad de dar cumplimiento a nuestra legislación en relación al derecho de igualdad, de esta manera para el desarrollo de este proyecto investigativo se ha utilizado una investigación explorativa en base a una metodología descriptiva, cualitativa y cuantitativa en donde por medio de las técnicas de investigación como la entrevista y la observación se pudieron obtener los resultados que determinan que en ningún juicio por prestación de alimentos se ha tomado en cuenta el entorno económico de la madre violando de esta manera el derecho a la igualdad acorde a lo que determina nuestra Constitución Ecuatoriana.Item Análisis de la causa N° 06101-2019-03309 sobre la influencia de la falta de valoración de la opinión del menor como prueba para establecer la tenencia, dentro del juicio de divorcio contencioso tramitado en la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Riobamba, provincia de Chimborazo.(Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas. Carrera de Derecho. Abogado de los Tribunales de la República., 2021) Ramírez Andrade, Gabriela Estephanya; Ballesteros Jiménez, Rocío de la MercedesEl Ecuador es un estado constitucional de derechos y justicia en el que sus habitantes están regulados por una norma suprema que es la Constitución de la República en el artículo 66 numerales 3, 6 y 20, nos da un contexto que en materia de niñez y adolescencia, el juzgador debe tomar en cuenta la opinión del adolescente de irse a vivir con su progenitor en concordancia a lo señalado en el artículo 60 del Código de la Niñez y Adolescencia: así también desde el Art. 106 tenemos las claras reglas que se deben ejecutar para confiar la patria potestad, además el Art. 118 y siguientes del mismo cuerpo legal, ha establecido los parámetros a regirse dentro de un caso de tenencia. En referencia a la presentación de pruebas establecidas en el COGEP; las cuales son aplicables a todos los juicios incluido el de la tenencia, se recalca que en estos casos las pruebas de gran relevancia son las elaboradas por el Equipo Técnico de la Unidad Judicial de la Familia; conformados por trabajadora social, psicólogo y médico general, sin embargo, la prueba testimonial del adolescente es algo relevante para otorgar la tenencia a su progenitor, pues la Carta Magna establece con respecto a los derechos de los niños, niñas y adolescentes que deben ser consultados y escuchados en todos los asuntos en los que se discutan y se decidan sobre sus derechos; derechos que aseguran el correcto desarrollo integral; y que predominan sobre los derechos de las demás personas; por lo cual, en los procedimientos judiciales en los que se discuta sus derechos, estos deben ser consultados y su opinión adquiere importancia dependiendo su edad y madurez mental, la edad establecida en el artículo 106 del Código de la Niñez y Adolescencia es de doce años ya que se presume que a mayor edad se adquiere mayor capacidad de objetividad y discernimiento en la opinión que exprese. En esta causa, la jueza como garantista de derechos, es quien debe hacer prevalecer la importancia de la opinión del adolescente, sin embargo, no aceptó el testimonio. Se sabe que los administradores de justica buscan proteger los derechos de los niños, niñas y adolescentes, pero en este caso existió la vulneración de los derechos de integridad e intimidad personal o familiar, ya que el adolescente fue afectado por la decisión de la jueza, ya que es contraria a su decisión. No se tomó en cuenta el interés del adolescente, su conveniencia y su bienestar; pues la tenencia es una responsabilidad en donde el padre o la madre velan por el correcto desarrollo integral de su hijo y en este caso se demuestra que el adolescente no lleva una relación de armonía con su progenitora, también existen muchos aspectos que no se tomaron en cuenta en base al desarrollo social, emocional, psicológico antes de emitir un criterio sobre la tenencia. Al realizarse una valoración integral se concluyó que el adolescente, tiene todas las condiciones favorables para vivir con su progenitor.Item Los efectos jurídicos de la tenencia compartida en la unidad judicial de la familia, mujer, niñez y adolescencia en el cantón Guaranda durante el año 2018(Universidad Estatal de Bolívar.Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas, Carrera de Derecho, 2019) García Ortega, Jessica Lorena; Ruiz Abril, Karina MarianelaCon el presente proyecto de investigación se pretende hacer conocer y poner a disposición de los profesionales del derecho, a los jueces de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, y a la población en general sobre, el grupo de personas separadas o divorciadas, esta nueva propuesta que es una Institución Jurídica de la tenencia compartida de los menores luego de la separación o divorcio de sus padres. Se ha dado cuenta también que la tenencia unilateral luego de la disolución del vínculo matrimonial no contribuye en el desarrollo emocional y psicológico de los menores luego de la separación de sus progenitores, así también en cuanto a la relación paterno filial se ha desgastado de gran manera, por lo que luego de la separación de los progenitores la voluntad pacífica y respetuosa entre los padres respecto al amor que deben tener con sus hijos se ha deteriorado. El objetivo primordial de esta investigación es velar por el bienestar integral, tanto emocional como psicológico de los menores luego de la separación, debido a que el progenitor a quien se le ha concedido la tenencia mediante resolución, ha considerado como un trofeo o un medio de vengarse en contra del progenitor que no tiene la tenencia, desde luego la fijación y la regulación de visitas han sido restringidas e injustas. Luego de aplicar la metodología correspondiente, haber adquirido, analizado y sistematizado información suficiente se ha concluido que la solución en favor del desarrollo integral emocional y psicológico de los menores, así como una mejor relación paterno filial y respeto entre los progenitores en aras de velar por los menores luego de la separación es la TENENCIA COMPARTIDA. Por cuanto para hacer efectivo el presente objeto de investigación, se cree conveniente normar legalmente la tenencia compartida en nuestra legislación, para de esta forma tenga fundamento legal la decisión de los Jueces en cuanto a la petición de la tenencia compartida deseada por los padres que aspiran un mejor desarrollo integral de sus hijos, pese a estar separados, ya que en nada tendría que afectar el bienestar de los menores a las decisiones de sus progenitores. Finalmente se concluye que la tenencia unilateral ha sido una Institución Jurídica que no ha garantizado el bienestar integral de los menores, luego de la separación o divorcio de sus progenitores, de la misma hacen referencia los profesionales en derecho, quienes llevan a diario estos casos, así como también los señores Jueces quienes imparten justicia en cuanto a la tenencia, desde luego la aplicación de otros mecanismos legales como son la revisión de la tenencia y cambio de tenencia entre progenitores.Item Los efectos jurídicos de la tenencia compartida en la unidad judicial de la familia, mujer, niñez y adolescencia en el cantón Guaranda durante el año 2018(Universidad Estatal de Bolívar.Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas, Carrera de Derecho, 2019) García Ortega, Jessica Lorena; Ruiz Abril, Karina MarianelaCon el presente proyecto de investigación se pretende hacer conocer y poner a disposición de los profesionales del derecho, a los jueces de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, y a la población en general sobre, el grupo de personas separadas o divorciadas, esta nueva propuesta que es una Institución Jurídica de la tenencia compartida de los menores luego de la separación o divorcio de sus padres. Se ha dado cuenta también que la tenencia unilateral luego de la disolución del vínculo matrimonial no contribuye en el desarrollo emocional y psicológico de los menores luego de la separación de sus progenitores, así también en cuanto a la relación paterno filial se ha desgastado de gran manera, por lo que luego de la separación de los progenitores la voluntad pacífica y respetuosa entre los padres respecto al amor que deben tener con sus hijos se ha deteriorado. El objetivo primordial de esta investigación es velar por el bienestar integral, tanto emocional como psicológico de los menores luego de la separación, debido a que el progenitor a quien se le ha concedido la tenencia mediante resolución, ha considerado como un trofeo o un medio de vengarse en contra del progenitor que no tiene la tenencia, desde luego la fijación y la regulación de visitas han sido restringidas e injustas. Luego de aplicar la metodología correspondiente, haber adquirido, analizado y sistematizado información suficiente se ha concluido que la solución en favor del desarrollo integral emocional y psicológico de los menores, así como una mejor relación paterno filial y respeto entre los progenitores en aras de velar por los menores luego de la separación es la TENENCIA COMPARTIDA. Por cuanto para hacer efectivo el presente objeto de investigación, se cree conveniente normar legalmente la tenencia compartida en nuestra legislación, para de esta forma tenga fundamento legal la decisión de los Jueces en cuanto a la petición de la tenencia compartida deseada por los padres que aspiran un mejor desarrollo integral de sus hijos, pese a estar separados, ya que en nada tendría que afectar el bienestar de los menores a las decisiones de sus progenitores. Finalmente se concluye que la tenencia unilateral ha sido una Institución Jurídica que no ha garantizado el bienestar integral de los menores, luego de la separación o divorcio de sus progenitores, de la misma hacen referencia los profesionales en derecho, quienesllevan a diario estos casos, así como también los señores Jueces quienes imparten justicia en cuanto a la tenencia, desde luego la aplicación de otros mecanismos legales como son la revisión de la tenencia y cambio de tenencia entre progenitores.Item Análisis de la aplicación del procedimiento oral en la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Guaranda(Universidad Estatal de Bolívar.Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas, Carrera de Derecho, 2017) Mora Veas, Víctor Adriano; Núñez Minaya, RolandoA través de este trabajo de investigación, pretendo hacer un análisis académico, técnico jurídico del impacto que ha tenido la oralidad en los procedimientos que se llevan a cabo en la Unidad de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Guaranda; pues ya casi llevamos un par de años con el Código Orgánico General de Procesos; norma legal en la que prácticamente el sistema judicial en el Ecuador da un giro de trescientos sesenta grados y se moderniza para estar al nivel de otras legislaciones en el mundo; con el propósito de buscar celeridad, inmediación, economía procesal que son principios elementales de la administración de justicia y que en nuestro país constan como disposición normativa desde la Constitución hasta las leyes específicas tanto para materias penales como para materias no penales. El contenido de la investigación, se rige a los parámetros constantes en el Reglamento para la Unidad de Titulación de la Facultad de Jurisprudencia Ciencias Sociales y Políticas; planteándolo de la siguiente forma: En el capítulo I consta el problema, formulándolo, delimitando objetivos hasta llegar a justificar el fundamento del presente tema. El Capítulo II contiene el marco teórico con la respectiva Fundamentación; plantea antecedentes de la problemática y sus respectivos incidentes que son los que motivaron a realizar desde el ámbito jurídico este tipo de investigación como aporte a la búsqueda de soluciones en la aplicabilidad de la norma en lo que respecta a cumplimiento de derechos, establece una hipótesis y variables que me permitieron realizar exitosamente la investigación. En el Capítulo III planteo una descripción del trabajo investigativo realizado; finalmente en el capítulo IV presenta los resultados, culminando con las respectivas conclusiones y recomendaciones.