JURISPRUDENCIA.

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    Implementación del procedimiento voluntario para sustanciar la declaratoria de Unión de Hecho Post Mortem cuando no existe contraparte, en el cantón Guaranda, año 2021.
    (Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas. Carrera de Derecho. Abogada de los Tribunales de la República., 2024-07) Chacha Paz, Lourdes Elizabeth; Yánez Carrasco, Juan Carlos
    La unión de hecho, también conocida como concubinato o unión libre, es una relación de pareja donde dos personas conviven de manera estable y continua sin estar formalmente casadas. Esta forma de relación es reconocida en diversos sistemas jurídicos y suele tener implicaciones legales similares a las del matrimonio en aspectos como la herencia, la propiedad común y la custodia de los hijos. La unión de hecho es una de las formas de convivencia en familia, más extendidas en todo nuestro país, la cual se encuentra consagrada tanto en la Constitución de la República del Ecuador (2008) como en el Código Civil (2005). La normativa que regula la unión de hecho, establece como requisito para determinar su existencia, la declaratoria de su vigencia por parte de la pareja, declaratoria que puede hacerse por vía judicial o extra judicial, solamente con esta declaratoria la unión de hecho surte plenos efectos jurídicos. Sin embargo, en el caso de que uno de los convivientes falleciere y la unión de hecho no haya sido declarada antes de su deceso, la ley faculta que esta declaración se realice de forma post mortem, la cual debe realizarse en un procedimiento ordinario, el cual es la vía procesal de sustanciación más extensa que contempla el Código Orgánico General de Procesos (2015). Al producirse la muerte del conviviente, si no existe contraparte, la declaratoria de unión de hecho post mortem debería tramitarse en procedimiento voluntario, que es mucho más ágil y permite concluir con el requerimiento realizado a la administración de justicia en un tiempo más rápido. 2 Para el desarrollo de la presente investigación se ha utilizado el método analítico, recopilando información referente a la declaratoria de la unión de hecho post mortem y el procedimiento que se utiliza para su declaratoria, además del método dogmático-Jurídico, con el que se ha analizado el ordenamiento jurídico que regula la unión de hecho y su declaratoria de hecho post mortem en nuestro país. La investigación cuantitativa permitió recolectar datos de forma estadística.
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    El derecho del trabajo como rehabilitación social para los privados de libertad del Centro de Rehabilitación Social del cantón Guaranda año 2022.
    (Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas. Carrera de Derecho. Abogado de los Tribunales de la República., 2024-07) Escobar Naranjo, Carlos Elian; Chávez Taco, Marco Vinicio
    En Ecuador, la totalidad de privados de libertad (PPLS) se mantienen dentro de un constante tiempo libre sin desarrollar ningún tipo de actividad, por lo que es importante aplicar el trabajo y de esta forma los PPLS se dediquen a actividades de carpintería, cerrajería, artesanía, entre otras, con la finalidad de que no participen en la formación de bandas delictivas y mejoren las relaciones sociales, utilizando de mejor manera el tiempo dentro de prisión, esto evitará la proliferación a cualquier clase de conflicto. La investigación es efectuada desde un enfoque mixto, empleándose lo cuantitativo-cualitativo, compilándose datos fidedignos del problema investigativo y así posteriormente interpretar dicha información; como tipo de investigación se aplicará el explicativo, descriptivo, bibliográfico y de campo, como técnicas de investigación se empleó la entrevista y encuesta que fueron utilizadas como mecanismos de recopilación de información en el CRS del Cantón Guaranda. Resulta que el trabajo no es garantizado en los centros carcelarios del Ecuador, lo que impide que los PPLS puedan tener una verdadera rehabilitación, por lo consiguiente logren ser reincorporados a la sociedad de manera óptima y no reincidan de nuevo en la comisión de hechos delictivos. La aplicación del trabajo en los centros carcelarios será factible cuando desde el Gobierno Central se ejecuten acciones estatales direccionadas a fortalecer la rehabilitación de los PPLS.
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    Espacio público y ordenamiento territorial: los comerciantes informales en el sector Bellavista del cantón Guaranda en el año 2022.
    (Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas. Carrera de Sociología. Licenciatura en Sociología., 2024-07-01) Gaibor Abril, Franklin Jesulin; Rea García, Fernando Fredi
    En la presente investigación se dará a conocer de manera más precisa el espacio público y el ordenamiento territorial, para lo cual el objetivo principal de la investigación es: Analizar el espacio público y ordenamiento territorial referente a los comerciantes informales y las ordenanzas que rigen sobre los espacios que ocupan los comerciantes informales, mediante una revisión bibliográfica y un estudio de campo en el sector Bellavista del cantón Guaranda en el año 2022. El espacio público es aquel sitio en el que cualquier ciudadano tienen el derecho a la libre circulación, en el cual no existe una restricción por propiedad privada, mientras que el ordenamiento territorial son las políticas impuestas por el estado las cuales sirven para planificar el desarrollo, que busca la organización y una buena administración de la sociedad que permita la toma de buenas decisiones mediante los actores sociales para conseguir un orden y aprovechar el espacio, finalmente el comerciante informal es aquel individuo que se dedica al libre comercio de productos de cualquier tipo dentro del espacio público, sin ningún tipo de permiso, seguro social, o salario fijo. En la investigación se utilizara elemento bibliográficos, teóricos que permitan un mejor desenvolvimiento y explicación acerca del tema, para llevar a cabo esta investigación se utilizara el método mixto, la cual permite mediante la teoría y encuestas abordar acerca del trabajo informal las cuales van dirigidas a los comerciantes informales que laboran dentro del sector Bellavista de la ciudad de Guaranda, esta información conocer la realidad y problemática por la que atraviesan los comerciantes.
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    Los parámetros del Artículo 137 del COGEP para la emisión de la orden de apremio personal por incumplimiento de las obligaciones asumidas mediante acuerdos conciliatorios en el cantón Guaranda durante el año 2022.
    (Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas. Carrera de Derecho. Abogado de los Tribunales de la República., 2024-06) Pérez Vistin, Omar Alexis; Veloz Segura, Javier Alonso
    El fenómeno social relacionado con el incumplimiento de las obligaciones de manutención personal tiene una gran importancia en la sociedad y tiene un impacto positivo en beneficio de los niños, niñas y adolescentes, para salvaguardar su bienestar social e integridad durante su desarrollo, sin embargo, en situaciones específicas en las que los padres han acordado a través de acuerdos conciliatorios proporcionar una pensión alimenticia y luego no cumplen con este compromiso, la madre se ve en la necesidad de solicitar la liquidación de las pensiones alimenticias a través de una orden judicial para garantizar el derecho que corresponde a sus hijos. Lamentablemente, la Corte Constitucional, a través de la sentencia N° 012-17- SIC-CC, establece ciertas condiciones para que esta orden de apremio sea efectiva. Una de estas condiciones es que el alimentante tenga la oportunidad de justificar su incapacidad para cumplir con sus obligaciones en igualdad de condiciones. Esto está de acuerdo con el inciso tercero del artículo 137 del Código Orgánico General de Procesos. Si la justificación es válida, el sistema judicial debe aprobar una propuesta del alimentante en cuanto a su compromiso de pago total de la deuda, y este acuerdo debe proteger de manera irrefutable los derechos del alimentado. En esta investigación, se busca analizar los criterios bajo los cuales se aplica el apremio personal en caso de incumplimiento de las obligaciones acordadas en el pago de pensiones alimenticias a través de un acuerdo conciliatorio. El enfoque metodológico utilizado es de diseño documental, inductivo y analítico-sintético. Los resultados de la investigación indican que tanto la Constitución 3 como la ley amparan el derecho de la persona que recibe la pensión alimenticia a no sufrir el apremio si puede justificar su incapacidad de pago de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 137 del Código Orgánico General de Procesos. Palabras claves: Alimentante, alimentado, buen vivir, manutención, integridad física, psicológica y emocional.
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    La estabilidad laboral, una garantía no aplicable a todo tipo de contratos de trabajo en Guaranda, año 2022.
    (Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas. Carrera de Derecho. Abogado de los Tribunales de la República., 2024-07) Vasquez Chariguaman, Alex Fernando; Bonilla Alarcón, Luis Alfonso
    Dentro de los principios rectores del derecho laboral está el principio de continuidad o estabilidad laboral según el cual todo trabajador tiene el derecho de permanecer el mayor tiempo posible en su trabajo hasta cuando cumple su edad productiva y se acoge a la jubila- ción o hasta cuando aplicando una causa legal para terminar la relación laboral se concluye lo mismo. De hecho el objeto fundamental de toda persona trabajadora es buscar una estabili- dad laboral en su trabajo y esto debe garantizarse a través de todo tipo de contrato laboral, por ello el Art.14 del Código del Trabajo establece como contrato tipo en el derecho laboral ecuatoriano el contrato de trabajo por tiempo indefinido. El objetivo de la presente investigación radica precisamente en identificar la aplica- ción del derecho a la estabilidad laboral en la mayoría de actividades laborales que se reali- zan en una relación laboral. Si bien es cierto el Código de Trabajo Ecuatoriano trae una serie de modalidades de contratos de trabajo en los cuales precisamente la estabilidad laboral no es el sustento de los mismos así tenemos por ejemplo en el contrato de obra cierta, por tarea o a destajo en los cuales el plazo constituye una mera referencia ya que el objeto fundamental del contrato es la conclusión de la obra. También nuestra legislación a partir del año 2015 introdujo el contrato por la natu- raleza o giro del negocio según el cual se vincula a un trabajador únicamente por el periodo de tiempo que dure la actividad o proyecto para el que se requiere al trabajador, limitando a cierto tiempo la estabilidad laboral. 3 En los últimos años mediante acuerdos ministeriales se han creado modalidades contractuales como el contrato productivo, contrato joven, el contrato turístico, el de em- prendimiento donde se han fijado como periodos de contratación un año con la posibilidad de ser renovados un año más es decir que en el mejor de los casos el trabajador se vincula- ría hasta por dos años en una actividad laboral determinada, evidenciándose el no cumplimiento del derecho de continuidad o estabilidad laboral. Para realizar esta investigación he procedido a revisar la normativa legal y la doctrina jurídica primero en relación a la estabilidad laboral y luego a la clasificación del contrato de trabajo. En la realización de la investigación se utilizará el método descriptivo con el cual describiré las características del fenómeno que se está estudiando, en este caso el derecho a la estabilidad laboral. Con la metodología explicativa, identificare y determinare las causas del problema que está siendo objeto de estudio. Este trabajo investigativo me permitirá realizar el análisis jurídico sobre el derecho de estabilidad laboral y la protección del mismo en la normatividad jurídica laboral ecuatoriana, así también indagare sobre los efectos jurídicos que se producen al momento de irrespetar este principio de estabilidad laboral.
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    Feminicidio y violencia contra la mujer: análisis desde la perspectiva de género en el Cantón Guaranda 2020 y 2022.
    (Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas. Carrera de Sociología. Licenciatura en Sociología., 2024-06) Naranjo Agualongo, Stefanny Mishelle; Rangel Gómez, Sheila Janet
    La presente investigación se realizará para dar a conocer los antecedentes históricos y la evolución de la violencia contra la mujer y feminicidio en la sociedad ecuatoriana, debido a que en los últimos años las cifras sobre el mismo han ido aumentando. Es importante mencionar también que una de las máximas expresiones sobre violencia de género es el feminicidio pues se trata de acabar con la vida de una persona por el hecho de ser mujer, y esto inicia por la noción equivocada que tiene la sociedad acerca de los roles de género, patriarcado. A través de esta investigación se dará a conocer que el Feminicidio en el Ecuador y en el cantón Guaranda se da debido a la situación estructural de violencia machista existente, pues una mujer es víctima de feminicidio cada 26 horas. A breves rasgos se abordará la relación que tiene la sociedad patriarcal con el feminicidio, así como también los distintos fundamentos teóricos y concepciones de género, violencia, feminicidio, tipos de feminicidio, identidad, género y poder, para desarrollar esta investigación se utilizará una metodología mixta en donde a través de la recolección de datos se dará a conocer los índices de violencia, feminicidio y violencia contra la mujer en el cantón Guaranda en los periodos 2020- 2022 Es importante recalcar que esta investigación se está realizando también debido a que no existe información acerca de los índices de Feminicidio y violencia contra la mujer en el Cantón Guaranda y también porque durante la pandemia se evidencio que la violencia de género y el femicidio mostraron cifras alarmantes que hasta la actualidad no tienden a disminuir.
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    El tejido social en el barrio Defensa del Pueblo de Guaranda: investigación histórica sobre las relaciones y organización comunitaria.
    (Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas. Carrera de Sociología. Licenciatura en Sociología., 2024-06) Alcívar Vergara, Nayeli Tahis; González León, Javier Nicolás
    El trabajo de investigación titulada “El tejido social en el barrio Defensa del Pueblo de Guaranda: investigación histórica sobre las relaciones y la organización comunitaria” se enfoca en analizar la estructura social y las relaciones al interior de la comunidad del barrio Defensa del Pueblo en Guaranda. El objetivo principal de la investigación es comprender cómo se ha formado y mantenido en el tiempo el tejido social de este barrio, centrándose especialmente en la organización comunitaria y las relaciones sociales. Para lograr este objetivo se ha llevado a cabo una investigación histórica que involucra el análisis de documentos, entrevistas a miembros clave de la comunidad y la revisión de la evolución del barrio a lo largo de los años. Los métodos utilizados incluyen el análisis documental y la revisión de archivos históricos de la comunidad. Además, se han realizado entrevistas para conocer las percepciones actuales de los vecinos sobre el tejido social, la organización comunitaria y las relaciones sociales en el barrio. Los resultados de la investigación muestran que las relaciones frágiles afectan el tejido social, por lo que la organización comunitaria es débil y posiblemente inexistente. En conclusión, este estudio histórico ha brindado un panorama del tejido social en el barrio Defensa del Pueblo de Guaranda. Es importante resaltar que la investigación ofrece un enfoque histórico que se puede aplicar en otros contextos para comprender cómo han evolucionado las relaciones y la organización de la comunidad a lo largo del tiempo. Los resultados destacan la importancia de la organización comunitaria y las relaciones sociales en la construcción de una comunidad sólida. Esta investigación destaca la relevancia de promover la participación de los miembros en la toma de decisiones y actividades colectivas para fortalecer el tejido social en otras comunidades.
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    La indignidad de los herederos ante el maltrato al causante, en el cantón Guaranda, año 2021.
    (Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas. Carrera de Derecho. Abogada de los Tribunales de la República., 2024-06-03) Villafuerte Tubún, Solanda Juleixy; Cabrera Vélez, Juan Pablo
    El trabajo de investigación: “La indignidad de los herederos ante el maltrato al causante, en el cantón Guaranda, año 2021” Se orientó en abordar el tema de la indignidad de los herederos en términos generales planteando las condiciones que debe reunir la indignidad en términos generales, como es el caso del legitimado activo, trámite y efectos jurídicos que produce. Por otra parte, se analizó el maltrato al causante como causal de indignidad, cuando este es realizado por los herederos, anticipando que el maltrato puede adoptar varias formas como el psicológico, físico e incluso el abandono que, en el caso de los adultos mayores reduce su calidad de vida, porque se encuentran limitados en sus funciones. En esta forma, el presente trabajo analizó los condicionantes que deben existir para que se declare la indignidad de los herederos, bajo la causal del maltrato al causante, separando del derecho de herencia a aquellos que hubieran proporcionado cualquier tipo de maltrato a la persona del causante. Dentro de la metodología esta utilizó un enfoque cualitativo por ser propio del Derecho, con un alcance descriptivo, puesto que, debe analizarse las figuras presentes en la legislación ecuatoriana. El método utilizado es el interpretativo, que se aplicó sobre el análisis documental de la Constitución, las leyes, la doctrina y la jurisprudencia, por lo cual, la técnica empleada fue la revisión bibliográfica, mediante la guía de análisis documental. Finalmente, para la investigación de campo se empleó la técnica de encuesta, para lo cual, se utilizó la guía de encuesta. Finalmente, se arribó a las principales conclusiones y recomendaciones del trabajo investigativo. En lo principal, las conclusiones se orientan a exponer que cuando los herederos maltratan de cualquier forma al causante, estos no pueden sucederle sirviéndose de sus bienes, cuando en vida le ocasionaron dolor y sufrimiento. En cuanto a las recomendaciones, el trabajo investigativo plantea que, en el caso de adultos mayores que viven en centros gerontológicos, XIV el maltrato sea entendido como el abandono del causante, lo cual incluye que los herederos se resistan a pagar por los gastos o medicamentos necesarios para su subsistencia.
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    Inadecuada aplicación del Art. 42 Núm. 1 literal B, del Código Orgánico Integral Penal dentro de la Causa No. 02202-2023-00570, por la participación del menor infractor como autor por omisión del delito de asesinato, causa sustanciada en la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Guaranda.
    (Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas. Carrera de Derecho. Abogado de los Tribunales de la República., 2024-05) Águila Sánchez, Byron Joel; Bazantes Escobar, Washington Javier
    El presente caso versa sobre la comisión del delito de asesinato, hecho ocurrido en la Provincia Bolívar, en el sector denominado La Copa, a 200 metros del ingreso a la Comunidad de Guanto Cruz, perteneciente a la Parroquia Guanujo, lugar donde sucedieron los hechos; en el mismo se encuentra involucradas cuatro personas; entre ellas, un menor de edad de nacionalidad venezolana, quien es puesto a órdenes de la justicia, para que se inicie con el respectivo procedimiento. Desde el momento de la aprehensión del adolescente Ramos Gabriel Alvarado Rojas, le fueron violentados algunos derechos constitucionales, entre ellos fue no dar lectura el Artículo 77 numeral 5 de la Constitución de la República del Ecuador, siendo así que los agentes de policía omitieron ese error en torno al procedimiento; no obstante, fue subsanado por el fiscal en la Audiencia de Calificación de Flagrancia. Procediendo el juez especializado de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia a calificar la flagrancia y emitir la medida de internamiento preventivo, con la finalidad de que el menor asista a todas las diligencias y también Audiencia de Juicio. En la Audiencia de Evaluación y Preparatoria de Juicio se dictó auto de llamamiento a juicio en contra del menor infractor, por existir grandes presunciones de ser el COAUTOR del delito de asesinato, mismo que se encuentra contemplado en el Art. 140 numerales 4, 5, 6, del Código Orgánico Integral Penal, además guarda relación con el Art. 42, numeral 3 de la norma en mención y dentro de la audiencia el juez ratifica las medidas cautelares personales dictadas en la Audiencia de Calificación de Flagrancia y Formulación de Cargos. Finalmente, en la Audiencia de Juicio, el juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia resolvió que el adolescente Ramos Gabriel Alvarado Rojas, debió realizar alguna conducta para impedir que el victimario Valencia Rosember dispare contra la humanidad de Galarza Salas Alexander, y que simplemente se limitó a observar, y el juez de manera expresa y motivada en la sentencia estableció que: “El deber jurídico tiene su raíz en la propia conciencia ética del hombre ciudadano”; no obstante, se denota la vulneración al derecho a la seguridad jurídica, la tutela judicial efectiva y demás derechos constitucionales, realizando una mala interpretación de la ley, ya que en audiencia de juicio se ha declarado culpable y se dictó sentencia condenatoria en contra del menor infractor llamado Ramos Gabriel Alvarado Rojas; ya que para el juez, la conducta del adolescente ha encajado en el Artículo 140 del Código Orgánico Integral Penal en los numerales 4 y 5; así como también respondería por autoría directa por no haber impedido que se ejecute los disparos, teniendo el deber jurídico de hacerlo, “siendo una obligación que debe ser respetada por todos los individuos”; - es lo que indica el juez- justificando su conducta y que el menor infractor respondería por autoría directa conforme lo establecido en el artículo 42 numeral 1, literal b, del Código Orgánico Integral Penal.
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    El abandono del Estado, sociedad y familia en personas con discapacidad y la vulneración del Derecho Constitucional en el sector Vinchoa, cantón Guaranda, año 2021.
    (Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas. Carrera de Derecho. Abogado de los Tribunales de la República., 2024-05) Ochoa Chimbolema, Diego Abrahán; Veloz Segura, Javier Alonso
    El presente Proyecto de Investigación de Titulación Previo a la Obtención del Título de Abogado, tiene como finalidad procesar información relevante sobre: “El abandono del Estado, Sociedad y Familia en personas con Discapacidad y la Vulneración del Derecho Constitucional en el Sector de Vinchoa, Cantón Guaranda, al efecto procederá a realizar una revisión documental y jurídica con enfoque cualitativo e investigación descriptiva con el fin de establecer el grado de conocimiento de la ley de discapacidad en dicho sector, por lo tanto en necesario utilizar los métodos analítico, inductivo y deductivo, las técnicas de investigación: el análisis documental y la entrevista cuyo resultados obtenidos servirán el aporte para la parte teórica y hasta el punto de poder verificar la hipótesis del trabajo investigativo: “El abandono del estado, sociedad y familia en personas con discapacidad en el sector de Vinchoa incide en la vulneración del derecho Constitucional contra este grupo de personas” y para así llegar a conclusiones válidas y concretas con el fin de poder proponer recomendaciones directas y efectivas a favor de este grupo de personas vulnerables, y como aporte adicional académico encamine en beneficio del sector de Vinchoa. Al efecto se recabará información doctrinaria y jurídica a través de fichas bibliográficas, y mediante la entrevista al señor presidente, y para la ejecución de la misma se elaborará charlas de capacitación con información de sus derechos, y garantías, libertades, cuyo resultado final fue fomentar la convivencia armónica entre comuneros y autoridades bajo el respeto de la Constitución, Ley Orgánica de Discapacidades.