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https://dspace.ueb.edu.ec/handle/123456789/4614
Título : | La correlación del estándar de prueba de la duda razonable y la presunción de inocencia desde el garantismo procesal dentro de la Causa Judicial 02332-2018-0449, por el delito de estafa en el cantón San Miguel, Bolívar. |
Autor : | Sánchez Smith, Antonio Vásconez Avilés, Daniela Dennise |
Palabras clave : | ESTANDAR DE PRUEBA PRESUNCION INOCENCIA GARANTISMO CAUSA JUDICIAL 02332-2018-0449 DELITO ESTAFA CANTÓN SAN MIGUEL PROVINCIA DE BOLÍVAR |
Fecha de publicación : | 2022 |
Editorial : | Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas. Magister en Derecho con Mención en Litigación Penal. |
Citación : | Vásconez Avilés, Daniela Dennise. (2022). La correlación del estándar de prueba de la duda razonable y la presunción de inocencia desde el garantismo procesal dentro de la Causa Judicial 02332-2018-0449, por el delito de estafa en el cantón San Miguel, Bolívar. Trabajo de investigación previo a la obtención del título de Magister en Derecho con Mención en Litigación Penal. Guaranda: UEB. 50 p. |
Citación : | FJCS.MDMLP;0020 |
Resumen : | En el proyecto de titulación, mediante la modalidad de Análisis de caso, ha permitido abordar aristas no solamente en los errores judiciales, sino más bien en la administración adecuada de la justicia, dentro de la causa judicial N°02332-2018-0449 , por el presunto delito de estafa, tramitado en la Unidad Judicial del cantón San Miguel, y resuelto en el Tribunal de Garantías Penales de Bolívar, donde el Tribunal, ha enfatizado que no se puede condenar sin pruebas suficientes que logren desvirtuar el derecho de presunción de inocencia de la procesada, por tanto la probabilidad de que exista la infracción del delito de estafa y que la encausada o procesada fuese la responsable de la comisión del delito investigado, se quedó en ese grado del conocimiento no arribando a la certeza más allá de toda duda razonable que exige el legislador para edificar un fallo de condena. Esto conlleva a determinar, que Fiscalía no actuó con objetividad, ya que al no existir elementos fehacientes que hagan presumir el cometimiento de un delito, no debió haber solicitado la formulación, sin embargo continúo con las etapas procesales. Desafortunadamente, el supuesto ilícito existió pero no se pudo determinar la responsabilidad de la procesada, por tanto la certeza debe existir más allá de toda duda razonable, eso garantiza la presunción de inocencia. |
URI : | https://dspace.ueb.edu.ec/handle/123456789/4614 |
Aparece en las colecciones: | Maestría en Derecho con Mención en Litigación Penal |
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