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Item El recurso especial de doble conforme y la vulneración a la efectivización de la reparación integral a las víctimas.(Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas. Magister en Derecho con Mención en Litigación Penal., 2024-08-28) Aguilar Herdoíza María Cristina; Ángel Deonicio Naranjo EstradaLa Corte Constitucional del Ecuador emitió la Sentencia No. 1965-18-EP/21, en la que se resolvió el proceso No. 1965-18-EP, donde, al realizar el control de convencionalidad, concluyó que hay una vulneración al derecho al doble conforme, el cual consta en el Art. 76, número 7, letra m de la norma suprema de nuestro país, esta vulneración se originó en una "laguna estructural por la omisión generada por el legislador dentro del COIP, al no establecer un recurso adecuado y necesario cuando la condena penal se dicta en segunda instancia En consecuencia, este estudio se propone abordar los problemas inherentes a esta omisión legislativa, centrándose en la afectación potencial de las atribuciones de las víctimas en el proceso penal, se destaca la posible repercusión en el derecho a la reparación integral y a la no revictimización, ya que la intercalación del recurso vertical de doble conforme podría prorrogar la efectivización de la reparación integral. En el proceso investigativo se adoptó una dirección metodológica con niveles explicativos, descriptivos, correlacionales y documentales, se utilizó un enfoque mixto cualitativo – cuantitativo con razonamiento lógico inductivo, para plasmar los resultados, se llevarán a cabo entrevistas a jueces, conjueces y coordinadores de la Corte Nacional de Justicia y abogados en libre ejercicio, de lo que se desprende que el doble conforme al ser un recurso añade una capa adicional de revisión judicial, la cual retrasa considerablemente el proceso judicial, por ende este retraso vulnera el derecho a la reparación integral de las partes afectadas, ya que prolonga el tiempo necesario para obtener una resolución definitiva y efectiva, dificultando el acceso a la justicia y la ejecución oportuna de las reparaciones ordenadas.