Browsing by Author "Tapia Armendáriz, Jessica Estefanía"
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- ItemLa Ley Orgánica de Carrera Sanitaria y su aplicación en los profesionales de salud del Hospital General Alfredo Noboa Montenegro de la ciudad de Guaranda.(Universidad Estatal de Bolívar. Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas. Carrera de Derecho. Abogada de los Tribunales de la República., 2024-01) Tapia Armendáriz, Jessica Estefanía; Bonilla Alarcón, Luis AlfonsoLos profesionales de salud, en sus diferentes áreas desempeñan una actividad de acuerdo a su perfil profesional, enfrentando en cada jornada riesgos laborales que puede afectar su salud, debido al peligro que implica trabajar frente a riesgos biológicos, físicos, químicos y psicosociales. El Hospital Alfredo Noboa Montenegro de la ciudad de Guaranda, es un hospital general de segundo nivel de atención y constituye la unidad de referencia de la provincia Bolívar, entidad en la que laboran gran cantidad de profesionales de la salud que prestan su contingente de acuerdo a su perfil profesional, especialidad, siendo una entidad del sector público quienes ahí laboran lo hacen bajo el régimen de la ley Orgánica de Servicio Público, prestando sus servicios a través de un nombramiento regular, con un nombramiento provisional e inclusive mediante la suscripción de contratos ocasionales conforme está estipulado en la ley. Desde hace 20 años atrás ha sido una constante lucha de los profesionales de la salud contar con una ley de carrera sanitaria que permita promover el desarrollo del talento humano y contribuir en la generación de servicios de salud eficientes, el 31 de agosto de 2022 el señor presidente de la república Guillermo Lasso sanciona la Ley Orgánica De Carrera Sanitaria, la misma que se publica en el suplemente del registro oficial número 139 de 1 de septiembre del 2022, ley que pretende crear, reconocer y garantizar la carrera sanitaria pública como un régimen especial dentro del servicio público, estableciendo las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables al talento humano en salud, ley que cuenta con 45 artículos, 8 disposiciones generales, 5 disposiciones transitorias, una disposición final y dos disipaciones reformatorias. Esta ley es de aplicación obligatoria para la red pública integral de salud y demás instituciones públicas donde laboran profesionales de la salud en atención directa al paciente. Disponiendo el artículo 5 de la Ley Orgánica de Carrera Sanitaria que se considera como profesionales de la salud a todos aquellos que cuenten con título de tercer nivel en el área de salud y que haya sido declarados ganadores del concurso de méritos y oposición en la red pública de salud. Precisamente de esta disposición de la ley surge el problema de investigación planteado en el presente trabajo, ya que si bien es cierto en el Hospital General Alfredo Noboa Montenegro existen muchos profesionales de salud con el nombramiento regular o permanente que están cobijados bajo esta ley, pero así también existen profesionales de la salud que laboran para esta casa de salud a través de un nombramiento provisionales en base al artículo 17 de la LOSEP o con un contrato de servicios ocasionales en base a lo que dispone el 58 del mismo cuerpo legal, quienes por disposición de la ley no entrarían al régimen especial de la carrera sanitaria. Partiendo del principio jurídico de que los derechos laborales son irrenunciables, así como que la legislación laboral propende a la estabilidad laboral de los trabajadores, y tomando como base la norma constitucional que establece en derecho a la igualdad y no discriminación contenida en el artículo 11 numeral 2 de la carta magna ecuatoriana, la aplicación de esta ley, generaría una serie de inconvenientes y problemas no solamente de naturaleza jurídica sino también social ya que se estarían vulnerando derechos consustanciales de los trabajadores. El objetivo planteado en el presente proyecto de investigación es precisamente el de analizar las ventajas y desventajas de la aplicación de la nueva ley Orgánica de Carrera Sanitaria en el Hospital General Alfredo Noboa Montenegro, enfatizando en el respeto a los derechos laborales y sobre todo al derecho de estabilidad laboral en no discriminación. Mediante la metodología aplicada en este trabajo pretendo demostrar si la nueva ley sería factible de aplicar en la casa de salud objeto de la presente investigación.