Ballesteros Jiménez, Roció de las MercedesSerrano Purcachi, Zoila Margarita2021-09-022021-09-022021Serrano Purcachi, Z. M. ( 2021 ). La inconstitucionalidad del derecho a la defensa en el juzgamiento de las contravenciones de tránsito establecido en el Art. 644 inciso 5 del COIP, vulnera la garantía establecida en el Art. 76 numeral 7 literal m de la Constitución de la República del Ecuador.https://dspace.ueb.edu.ec/handle/123456789/3911En el presente trabajo de investigación se analizó que no existe armonía en el juzgamiento en lo que se refiere a las contravenciones de tránsito, porque se transgrede lo preceptuado en el artículo 76 numeral 7 literal m) de la Constitución de la República del Ecuador, en la cual se indica que el derecho de las personas a la defensa incluirá la garantía que los ciudadanos podrán “recurrir el fallo o resolución en todos los procedimientos en los que se decida sobre sus derechos” en relación al artículo 644 inciso 5 del Código Orgánico Integral Penal donde se dispone que “la sentencia dictada en esta audiencia de acuerdo con las reglas de este Código, será de condena o ratificatoria de inocencia y podrá ser apelada ante la Corte Provincial, únicamente si la pena es privativa de libertad”; frente a esto, cabría la siguiente interrogante: ¿Por qué no hay posibilidad de apelar en una causa resuelta de impugnación de boleta de tránsito sino fuese con pena privativa de libertad pese a que la Carta Magna lo permite? Teniendo en cuenta aquello, que todos los ciudadanos ecuatorianos tienen y están protegidos por los principios, derechos y garantías establecidos en la Constitución y adicionalmente, se debe tener claro que el debido proceso es un derecho que debe ser respetado, y si no fuese así, se garantizará la oportunidad de reclamar o recurrir de los dictámenes judiciales. Entonces, se puede explicar que esta investigación buscará tener una referencia que sea de provecho para que los legisladores promuevan una alternativa a lo señalado con anterioridad, puesto que día a día, existen contravenciones de tránsito que se impugnan, y que, a su vez, si el fallo no está acorde a los hechos versados en la realidad al caso, merecerían ser apelados. El presente trabajo de investigación se desarrolló con el fin de analizar y recopilar información necesaria e importante para la elaboración del documento; y a su vez, para la X realización del presente trabajo de investigación, por ende, se utilizaron los tipos de investigación descriptiva, explicativa y exploratoria. Además, se empleó los siguientes métodos: inductivo- deductivo, analítico- sintético e histórico – lógico.spainfo:eu-repo/semantics/openAccessINCONSTITUCIONALIDADDERECHO A LA DEFENSAJUZGAMIENTOCONTRAVENCIONESTRÁNSITOART. 644 INCISO 5COIPART. 76 NUMERAL 7CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR.La inconstitucionalidad del derecho a la defensa en el juzgamiento de las contravenciones de tránsito establecido en el Art. 644 inciso 5 del COIP, vulnera la garantía establecida en el Art. 76 numeral 7 literal m de la Constitución de la República del Ecuador.bachelorThesis